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Huelva

Reconocen a una guardia civil destinada en Nerva su derecho a trabajar como enfermera

Interior se negaba asegurando que la compatibilidad podría suponer que se incorporara al servicio sin haber descansado

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  • Vehículo de la Guardia Civil. -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha reconocido el derecho a una guardia civil destinada en el Puesto de Nerva de la Comandancia de Huelva a compatibilizar su actividad como funcionario con la actividad de enfermera en el sector privado que le negó el Ministerio del Interior.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJM estima parcialmente el recurso presentado por el agente contra la resolución de fecha 26 de enero de 2022, dictada por la Subsecretaría del Ministerio del Interior, que le denegada dicha posibilidad, la cual anula.

La agente presentó escrito solicitando la autorización de compatibilidad sus funciones, como guardia civil, con la actividad privada de enfermería, manifestando que ello no implicaría merma o menoscabo de sus funciones y cometidos en la Guardia Civil.

Sin embargo desde el Ministerio del Interior se le denegó haciendo referencia a que, si bien por los informes aportados en el expediente, las funciones como enfermera no están, en principio relacionadas con la actividad cono guardia civil, la compatibilidad podría suponer que se incorporara al servicio sin haber descansado (desde el servicio anterior) una media de once horas, que es el periodo general de descanso entre servicios sucesivos.

También justificaba la negativa con el hecho de que percibía una suma por el componente singular del complemento específico superior al 30 % a las retribuciones básicas.

Ahora, el alto tribunal le reconoce al el derecho recurrente a compatibilizar su función de Guardia Civil con el ejercicio de la actividad privada para el ejercicio de la Enfermería, "con estricto y escrupuloso cumplimiento de las funciones de su puesto, respeto al horario asignado al puesto de trabajo y sin que pueda actuar en asuntos que puedan comprometer su imparcialidad o independencia o relacionados o que se refieran a las actividades que desarrolle el Cuerpo de la Guardia Civil o que sean de su competencia".

Condiciona dicha compatibilidad a que por parte de la agente "se pida y se obtenga" por parte de ella la reducción de dicho componente para adaptarlo a cifra que no supere dicho porcentaje. 

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