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El Supremo confirma 15 años de prisión a un padre por violar a su hijo en Galicia

A quien no aplica la ley del solo sí es sí porque la pena que se le impuso con la anterior normativa puede imponerse igualmente con la actual

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  • Fachada del Tribunal Supremo. -

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 15 años de prisión a un padre por agredir sexualmente a su hijo desde los 12 hasta los 17 años en Galicia, a quien no aplica la ley del solo sí es sí porque la pena que se le impuso con la anterior normativa puede imponerse igualmente con la actual.

La Sala de lo Penal rechaza así el recurso del condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que confirmó la dictada por la Audiencia de A Coruña por un delito continuado de agresión sexual.

Además de la pena de prisión, el Supremo ratifica diez años de libertad vigilada y la prohibición de comunicarse por cualquier medio o aproximarse a la víctima durante 24 años, así como la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad con respecto a sus tres hijos y una indemnización de 50.000 euros a la víctima.

La Audiencia de A Coruña consideró proporcionada a la gravedad de los hechos la imposición de la pena máxima prevista antes de la reforma, a partir de una horquilla de entre 14 años y 3 meses y los 15 años. Y ahora el Supremo explica que los hechos, con la actual regulación, encajan en una pena de entre 13 años y 9 meses a 15.

En su sentencia, la Sala señala que el límite mínimo es algo inferior ahora (6 meses) que antes, pero también que la pena "que se impuso intencionada y motivadamente en el límite máximo resulta igualmente imponible, por lo que no nos incumbe ahora efectuar una reevaluación de la pena ni plantear la aplicación retroactiva de la nueva norma como más beneficiosa".

"Máxime si tomamos en consideración -añade la Sala- que la LO 10/2022 ha dotado de una nueva redacción al artículo 192.3 que en la actualidad configura una pena de privación de la patria potestad mucho más gravosa que la vigente a la fecha de los hechos". La pena ha pasado de una duración de 6 meses a los 6 años a la actual que oscila entre cuatro a diez años.

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