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Sevilla

Condenado por difundir porno infantil incluyendo bebés tras ser denunciado por Google

La sentencia detalla que "como datos asociados a la cuenta de usuario, se daba cuenta de un número de teléfono y cuentas de correo electrónico" de Gmail

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  • Imagen de recurso de una agente de la Policía frente a su ordenador. -

La Audiencia de Sevilla ha condenado a un año y medio de prisión a un varón, por un delito de pornografía infantil derivado del hallazgo en su terminal telefónico de 159 archivos entre los que figuraban vídeos de "menores 16 años, incluso bebés, participando en conductas sexuales explícitas, que habían sido compartidos por el encausado con otros usuarios", siendo tal extremo denunciado por Google ante las autoridades de Estados Unidos, que a su vez trasladaron el asunto a España.

En una sentencia emitida el pasado 10 de enero y recogida por Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla declara probado, de conformidad entre la acusación que ejercía la Fiscalía y el inculpado, identificado como Antonio G.D., vecino de Utrera y de 67 años de edad, que el Centro Nacional para Menores Desaparecidos y Explotados de Estados Unidos emitió informes puestos a disposición de las fuerzas del orden de España, en los que "se ponía de manifiesto que la compañía Google denunciaba que un usuario había distribuido dos archivos de contenido pornográfico infantil a través de su perfil de Google, siendo la cuenta de usuario plus.google.com/fotos, la dirección de IP desde la que se produjo la publicación en la red Facebook de los archivos investigados", con su consiguiente registro de perfil.

La sentencia detalla que "como datos asociados a la cuenta de usuario, se daba cuenta de un número de teléfono y cuentas de correo electrónico" de Gmail.

"Tras la realización de las oportunas diligencias de investigación practicadas a instancia del Grupo de Delitos Tecnológicos de la Brigada de Policía Judicial de la Jefatura Superior de Policía de Sevilla, resultó que la dirección vinculada la IP reseñada se correspondía con el domicilio ubicado en Utrera, morada del acusado Antonio G.D. y titular de la línea de teléfono reseñada", precisa la sentencia.

Fruto de ello, en agosto de 2017 el Juzgado de Instrucción número diez de Sevilla autorizó la entrada y registro en el domicilio del encausado, incautándose para su análisis un disco duro y un teléfono móvil marca Samsung Galaxy J7, ambos propiedad del inculpado.

"Analizado superficialmente el terminal telefónico, se localizó en al aplicación Gallery Vault configurada por Antonio G.D. un total de 159 archivos entre los cuales figuraban varios en formato vídeo en los que menores de edad inferior a 16 años, incluso bebés, participaban en conductas sexuales explícitas, entre sí o con menores de edad que alcanzaban la penetración de órganos genitales masculinos por vía vaginal y bucal y que habían sido compartidos por el encausado con otros usuarios", concluye la sentencia.

Dado el caso, y de conformidad entre la Fiscalía y el acusado, el tribunal impone al mismo un año y medio de cárcel por un delito de pornografía infantil, así como a tres años de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad".

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