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El TSJA: Carboneras no ha certificado que El Algarrobico no sea urbanizable

A considerar que aún no se ha certificado tal y como se había exigido

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reclamado al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) una nueva certificación que acredite que se ha dado cumplimiento a la sentencia que obliga a declarar no urbanizable el paraje de El Algarrobico, al considerar que aún no se ha certificado tal y como se había exigido.

El Alto Tribunal andaluz ha dictado una providencia tras el ertificado emitido por la secretaria sobre el informe del técnico municipal adscrito a la Concejalía de Fomento y Territorio en el que se señala que “el vigente PGOU de Carboneras tiene trasladado a sus documentos técnicos" el contenido de dicha sentencia.



Sin embargo, el TSJA reclama ahora distintos elementos del planeamiento urbanístico vigente, que se "citan en la mencionada certificación como afectados por la sentencia", incluidos en el índice de la memoria general, el índice anexo a las normas urbanísticas del PGOU y el índice de planimetría.

De esta forma, se ordena que se libre un oficio al alcalde Salvador Hernández (Cs) para hacerle saber que "sigue sin cumplir debidamente lo que le fue ordenado", por lo que "habrá de disponer urgentemente lo que corresponda para la pronta y completa observanción de lo que se hace constar en oficio".

El Ayuntamiento carbonero pretendía dar cumplimiento a los requerimientos recibidos del TSJA al respecto. Para ello, la secretaria del Consistorio certificó “para que conste y surta sus efectos”, con fecha de 18 de julio, el contenido literal del documento emitido desde la Concejalía de Industria, Puertos, Fomento y Territorio, Transición Justa y Patrimonio en cumplimiento de una providencia de Alcaldía.

El informe comenzaba explicando que el planeamiento general actualmente en vigor del municipio de Carboneras es el PGOU como consecuencia en 2009 de la aprobación definitiva en pleno del documento de adaptación parcial a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

A partir de ahí, continuaba exponiendo que es parte de ese PGOU “actualmente en vigor e inscrito, y con diligencia de anotación accesoria de fecha 13 de marzo de 2024 en el registro autonómico de instrumentos urbanísticos con el número 3750, el documento de Modificación Parcial del PGOU de Adaptación Parcial de la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal a la LOUA por cumplimiento de sentencia judicial".

Ese documento del PGOU, según detallaba el informe emitido por el técnico municipal, presenta como contenido con traslado de la sentencia 634/2018 una serie de documentos e índices que se pormenorizan especificando aquellos que se ven afectados o no por el dictamen del Tribunal Supremo.

Tras esa relación, se concluía y ratificaba que “el vigente PGOU de Carboneras tiene trasladado a sus documentos técnicos, e inscrito y con diligencia de anotación accesoria de fecha 13 de marzo de 2024 en el registro autonómico de instrumentos urbanísticos con el número 3.750, la sentencia judicial 634/2018”. 

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