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Rechazada la demanda de tres millones al Estado en el caso de Iván y Sara

Dictamina que ?no hubo paralizaciones injustificadas? por parte de los juzgados

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El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de que el Estado indemnice en tres millones de euros a los herederos de Carmen Fernández por presunto mal funcionamiento de la administración de Justicia en la retirada de sus hijos Iván y Sara en el año 1997.

La Sala de lo Contencioso del Supremo dictamina que en el caso Iván y Sara no hubo “paralizaciones injustificadas ni períodos de inactividad”, y tampoco “desinterés o dejación de funciones por parte de los juzgados y tribunales de Sevilla”.


Carmen Fernández falleció de un cáncer en diciembre de 2007, unas semanas antes de que el Tribunal Constitucional confirmase definitivamente su derecho a ser indemnizada por la Junta de Andalucía en 1,7 millones de euros por el “calvario” sufrido debido a la retirada irregular de sus hijos.

La Junta de Andalucía asumió la tutela de Sara e Iván cuando los menores tenían cuatro y cinco años porque la madre sufría un alcoholismo del que se recuperó a los pocos meses, pero a partir de entonces fueron inútiles todos sus esfuerzos por recuperarlos, sustanciados en once fallos judiciales a su favor.

Además de la indemnización de 1,7 millones, que ya han cobrado los herederos, su abogado presentó otra demanda de tres millones de euros al Estado, que fue continuada por su hija ya mayor de edad. Según el Supremo, en este caso concurrió la complejidad de esta clase de procesos pues el Tribunal Constitucional autorizó en 2002 la personación en la causa de los padres de acogida de los menores y ordenó retrotraer las actuaciones. Cuando finalmente se cumplieron las exigencias y la Audiencia de Sevilla dictó una nueva sentencia a favor de Carmen, constató “la imposibilidad de ejecución”.

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