El Tribunal Supremo ha archivado la denuncia que interpuso el alcalde de San Sebastián, Juan Karlos Izaguirre, contra el presidente del PP vasco, Antonio Basagoiti, en la que se le atribuía un delito de calumnias por exponer en un medio de comunicación que desde la Alcaldía se han dirigido "pseudoamenazas" a empresarios vascos durante los últimos años.
En un auto, hecho público este lunes, la Sala de lo Penal se declara competente para conocer de la denuncia presentada en tanto que las declaraciones se efectuaron fuera del ámbito del País Vasco y acuerda archivar las actuaciones por no ser los hechos constitutivos de infracción penal alguna.
Argumenta que las palabras de Basagoiti en un programa de Intereconomía carecen de entidad suficiente para conformar un delito de calumnias y además están justificadas por el derecho a la libertad de expresión consagrado en el artículo 20 de la Constitución.
AMPARADAS POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Según el alto tribunal, tal derecho tiene su máximo alcance cuando quien lo ejerce tiene una representación cualificada en el seno de una determinada institución, el Parlamento Vasco y "más aún" en el contexto de una tertulia política, donde se mostró el video del entonces asesor de la Alcaldía donostiarra, Josetxo Ibazeta, gritando a favor de ETA.
El auto, del que ha sido ponente el magistrado y presidente de lo Penal Juan Saavedra, destaca que las expresiones del parlamentario vasco hablando de pseudoamenazas, cuyo contenido no precisa, carecen de la gravedad suficiente para calificarlas de calumniosas y de toda relevancia jurídico penal.
Basagoiti realizó estas declaraciones el pasado17 de julio durante un debate televisivo en el que se analizaba la conducta del asesor de alcalde increpando con las palabras ¡viva ETA militar! a unos jóvenes que celebraban la victoria de la selección española en San Sebastigán. El exsecretario de la Alcaldía Josetxo Ibazeta dimitió tras esta grabación.
"Empresarios vascos me han contado que este señor ha estado llamando a empresarios con pseudoamenazas durante estos dos últimos años desde la Alcaldía de San Sebastián", afirmó Basagoiti, añadiendo que estas pseudoamenazas consistirían en expresiones como: "Tú no vuelves a trabajar en Guipúzcoa como no hagas esto o aquello".
Para el Supremo, se trata de amenazas que le contaron terceras personas, que no concretan a qué se refiere "esto o aquello" y que en ningún momento se expone que se hicieran por encargo o en nombre del denunciante.