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Viernes 28/06/2024  

Jerez

Asaja consigue la rebaja fiscal por las consecuencias de la sequía y heladas de 2012

La Orden será de aplicación para la declaración de la renta que se presenta el mes que viene

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  • Visita a cultivos dañados

Tras reivindicaciones, apariciones en los medios y la elaboración técnica de informes de daños, Asaja-Cádiz se congratula con la publicación oficial de la rebaja de los módulos fiscales para los sectores que, en la provincia y en toda Andalucía, sufrieron las inclemencias de dos fenómenos naturales, la sequía y las heladas.
La Orden HAP/660/2013 se publicó ayer en el BOE y en ella se expone la reducción del índice de rendimiento neto de aquellas producciones agrícolas y ganaderas que se han visto afectadas por dichos fenómenos
Esta reducción fiscal, que solicitó oficialmente Asaja, será de aplicación en la declaración de la renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2012 que deberán presentar los agricultores y ganaderos en las próximas semanas.
Tal como manifestó Asaja-Cádiz en los diversos informes que remitió a la Consejería andaluza de Agricultura, al Ministerio de Agricultura y al Ministerio de Hacienda, “no se puede tributar por unos ingresos que no se han obtenido”, por lo que en un año como el de 2012 en el que la mayoría de las explotaciones han estado en pérdidas a consecuencia de las heladas y la sequía, agravadas por el incremento de los costes de los insumos -un 5% los fertilizantes, el 7,8% la energía y los lubricantes y el 9,8% los piensos- y por el conocido desequilibrio en la cadena de valor, han sido muchos los sectores y cultivos que no han obtenido beneficios.


Descenso de los módulos

Los índices de rendimiento neto en el Régimen de Estimación Objetiva de IRPF de 2012 bajan en Cádiz:
Productos del olivo (0,18), apicultura (0,20), bovino de leche (0,16), cunicultura (0,07), ovino y caprino de leche (0,18), ovino y caprino de carne extensivos (0,09), cereales (0,13), leguminosas (0,13), frutos cítricos (0,13), frutos no cítricos: melocotón y nectarina (0,26), porcino de carne extensivo (0,09), porcino de cría extensivo (0,18), frutos subtropicales (0,26), flores y plantas ornamentales (0,16).

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