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Almería

Condenado a 10 años y medio de prisión el joven acusado de matar a otro en las fiestas de Matagorda

La sentencia recoge que el procesado se presentó posteriormente ante la Guardia Civil como autor de la muerte del joven tras haber vagado por los alrededores del pueblo y el invernadero de su padre, tiempo en el que se deshizo del arma, aunque no llegó a declarar en sede policial

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La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a diez años y seis meses de prisión a J.S.C.F., de 22 años de edad, después de que un jurado popular lo declarara culpable de un delito de homicidio por matar en junio de 2011 a otro, a quien apuñaló en el pecho mientras estaba conversando con unos amigos y con sus dos hermanos en el recinto ferial de la barriada de Matagorda, en El Ejido (Almería).

   La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge el veredicto del jurado en el que se reconoce al procesado la atenuante analógica de confesión ya que, después de cometer el crimen, admitió haber sido el agresor. Asimismo, el joven ha sido condenado al pago de 100.000 euros a los padres del fallecido a 10.000 euros a cada uno de sus hermanos, así como a las costas.

   El texto, sobre el que cabe recurso de apelación ante el TSJA, da por probado que J.S.C.F. clavó un cuchillo de grandes dimensiones a su víctima en el corazón tras sustraer el arma de un puesto de comidas después de una discusión entre el agresor y la víctima en las puertas de la Caseta de la Juventud; de forma que la herida producida en el corazón le causó la muerte.

   Asimismo, la sentencia recoge que el procesado se presentó posteriormente ante la Guardia Civil como autor de la muerte del joven tras haber vagado por los alrededores del pueblo y el invernadero de su padre, tiempo en el que se deshizo del arma, aunque no llegó a declarar en sede policial.

   Tanto la Fiscalía como la acusación particular interesaron para el acusado una pena de 12 años de prisión para el acusado, al que no se ha reconocido eximentes por legítima defensa, miedo insuperable, enajenación mental, intoxicación por consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes, ni dilaciones indebidas.

   No obstante, en la individualización de la pena, el tribunal considera la concurrencia de una circunstancia atenuante pero analógica, ya que no concurrieron todos los requisitos de la confesión al no prestar declaración ante la Guardia Civil, así como las circunstancias de la acción y personales del acusado, por lo que finalmente se le impone una pena de diez años y medio frente a los diez años solicitados por la defensa. 

   La víctima era muy conocida en el municipio de El Ejido ya que era hijo del presidente de la Junta Local de Matagorda, el 'popular' Ángel Callejón, "muy querido" en este núcleo de población. El alcalde, Francisco Góngora, lamentaba entonces la muerte "vivida muy de cerca" y hacía un llamamiento a la "cordura" para que hechos de este tipo no se repitiesen.

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