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Cañestro pide a la jueza de Acinipo que le levante la imputación y le aparte de esta causa

Reclaman el sobreseimiento de las investigaciones. Sus abogados afirman que no se ha aclarado tras conocerse el sumario por qué hechos delictivos concretos fue implicado, y hablan de errores al hacer alusión su auto de detencióna hechos en los que no participó por no ser aún concejal

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La defensa del ex concejal Francisco Cañestro ha reclamado a la jueza instructora del caso Acinipo que le desvincule de esta investigación, reclamando a la magistrada Judith Saiz que acuerde el sobreseimiento de la causa respecto a quien fuera teniente de alcalde de Ronda. En un escrito de alegaciones presentado a mediados de noviembre pasado, días antes de que la magistrada acabara haciendo pública la totalidad del sumario quedando únicamente por conocerse entonces los famosos cien folios referidos al ex presidente Borbolla, el abogado de Cañestro reclamó a la instructora que o bien determine con claridad qué hechos concretos la llevaron a imputarle o bien le aparte de la causa. El documento, al que ha tenido acceso RONDA SEMANAL, refiere la falta de concreción  si no claros errores procesales al acordarse su detención y la entrada y registro de su vivienda en septiembre de 2011.

El abogado de Cañestro basa sus alegaciones en un auto fechado el 21 de septiembre de 2011 por el que la magistrada ordena el citado registro; son los seis folios concretos del total de 6.000 que sirvieron para implicar a Cañestro en la causa, con los que la jueza viene a argumentar su supuesta participación en la trama. Serían erróneos en su totalidad, asegura la defensa. Así, por ejemplo, uno de los razonamientos jurídicos del auto alude mediante una larga exposición a la revalorización de los terrenos del antiguo recinto ferial de Ronda a raíz de un convenio urbanístico entre el Ayuntamiento y el Grupo Ruiz Jurado; los hechos se remontan a julio de 2005 y diciembre de 2006, si bien Cañestro no fue concejal hasta junio de 2007: “Si del convenio o los ulteriores negocios jurídicos pudiera desprenderse alguna responsabilidad penal, nunca podría ser exigible a quien no ostentaba cargo público alguno”, argumenta el abogado. Pero es que en ese mismo razonamiento jurídico la jueza indica que Cañestro es una “persona inseparable de la cadena de operaciones investigadas” por su “comunicación continua con el alcalde”, aludiendo a un viaje a Madrid con alojamiento en un hotel costeado por una empresa privada el 8 de abril de 2008, otro de los hechos clave en la vinculación de políticos y empresarios, cuando Cañestro no estuvo en ese hotel porque “no entró a formar parte del gobierno municipal hasta el 30 de mayo” de ese año, reza el escrito.

Su defensa recuerda además que cuando se aprobó el pliego para enajenar el campo de fútbol en agosto de 2008 Cañestro ocupaba las concejalías de juventud y participación ciudadana, “limitándose a aprobar ese convenio en pleno como hicieron los concejales de todos los grupos políticos de manera unánime”. Son rebatidas además las dudas de los investigadores en torno a los contactos de Cañestro, institucionales y políticos, para que el proyecto de Eroski se aprobara, defendiendo que esos contactos con delegados provinciales de la Junta “nunca han sido negados, y así se manifestó en presencia judicial durante la declaración prestada, por cuanto es obligación de cualquier político realizar gestiones para agilizar, activar, despejar o desatascar proyectos de interés para su localidad”, reza ese escrito de alegaciones.

Al final, la defensa se detiene en otro de los hechos que parecen servir de soporte fundamental para su detención, la entrega de un cheque, su cobro, un préstamo y el famoso viaje a Cuba de algunos de los implicados en el caso: “Mi representado nunca ha visitado Cuba ni tenido nada que ver con esa suma dineraria”, refiere el procurador, quien no desaprovecha la ocasión para dejar entrever la similitud entre todas las órdenes de detención y registro de los imputados, definiendo el error como “una muestra inequívoca de corta y pega impropia de una resolución de tanta relevancia”.

La defensa del ex concejal asegura que tras hacerse público todo el sumario siguen sin conocerse los hechos concretos que implican a Cañestro en este caso, hablando de “una densa bruma que se extiende sobre mi patrocinado, cuyas conductas punibles, después de cuatro años de investigación, aún no han sido definidos”. Califica como “inadecuado, innecesario y desproporcionado” un registro domiciliario “donde nada se halló, como era de esperar”, como “tampoco nada anómalo o extraño se ha encontrado tras la investigación patrimonial del mismo”, concluye el escrito.

Fuentes jurídicas consultadas por RONDA SEMANAL han explicado que la magistrada no dispone de un tiempo concreto para contestar, y que ahora lo que procede es que solicite un informe al Fiscal para decidir. En caso de no atenderse la súplica, fuentes cercanas al implicado han asegurado que se apelará a la Audiencia.

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