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Viernes 28/06/2024  

España

El CGPJ aparta temporalmente de la Carrera al juez Elpidio Silva

El Consejo añade que la suspensión provisional durará \"hasta que recaiga en la causa sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento\", conforme a lo dispuesto en el artículo 384.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial

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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado la suspensión provisional del titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid, Elpidio José Silva Pacheco, a quien la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid abrió juicio oral el pasado 22 de enero por delitos de prevaricación, retardo malicioso en la administración de Justicia y contra la libertad individual.

   La suspensión ha sido acordada por los miembros de este órgano del Consejo tras estudiar el informe de la Fiscalía y las alegaciones del propio magistrado, que fueron presentadas este mismo martes.

   La suspensión se acuerda en virtud del artículo 190.2 del Reglamento de la Carrera Judicial, que establece que "procederá acordar la suspensión provisional de los jueces y magistrados respecto de los cuales se siga procedimiento por cualquier delito cometido en el ejercicio de sus funciones, cuando en el procedimiento penal se dicte auto de apertura de juicio oral, de prisión provisional, de libertad bajo fianza o de procesamiento, una vez adquieran firmeza".

   El Consejo añade que la suspensión provisional durará "hasta que recaiga en la causa sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento", conforme a lo dispuesto en el artículo 384.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

RECIBIRÁ RETRIBUCIONES BÁSICAS

   A partir de este momento, Silva queda privado del ejercicio de las funciones jurisdiccionales durante el tiempo de la suspensión, pero tendrá derecho a percibir sus retribuciones básicas.

   El acuerdo que ha adoptado la permanente se notificará al interesado, a la Fiscalía y al Ministerio de Justicia, así como al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid para que proceda a su ejecución.

   El magistrado suspendido puede presentar recurso contencioso-administrativo contra esta decisión ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, para lo que tendrá un plazo de dos meses a partir de la notificación.

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