El tiempo en: Sevilla
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Rivas y Mellet recurren su condena en el primer juicio de Marcasevilla

El Tribunal Supremo debatirá el miércoles los recursos contra la primera sentencia del caso Mercasevilla, en la que Antonio Rivas, exdelegado de Empleo, y los exdirectivos de la lonja Fernando Mellet y Daniel Ponce fueron condenados a 21 meses de inhabilitación

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
  • Fernando Mellet -

El Tribunal Supremo debatirá el miércoles los recursos contra la primera sentencia del caso Mercasevilla, en la que Antonio Rivas, exdelegado de Empleo, y los exdirectivos de la lonja Fernando Mellet y Daniel Ponce fueron condenados a 21 meses de inhabilitación por pedir una comisión ilegal de 450.000 euros.

La Sala de lo Penal del Supremo deliberará sobre los recursos en los que Rivas afirma haber sido condenado "sin prueba de cargo ni datos objetivos, concretos y determinados" contra él, mientras que Mellet argumenta la nulidad de la grabación aportada al juicio y que no era funcionario público para que pueda ser condenado por cohecho.

De los tres condenados, solo Rivas y Mellet han recurrido ante el Supremo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que, en junio de 2013, confirmó la pena de 21 meses de inhabilitación y multa de 600.000 euros impuesta tras el juicio ante un jurado popular en Sevilla.

Los tres fueron condenados por pedir 450.000 euros a dos empresarios del Grupo La Raza como condición para adjudicarles una Escuela de Hostelería que se iba a abrir en Mercasevilla, en una conversación grabada por los denunciantes.

En su recurso, al que ha tenido acceso Efe, el abogado de Rivas se basa en que el propio TSJA dudó de la condena del exalto cargo y llegó a afirmar que "un veredicto absolutorio del señor Rivas habría sido irreprochable desde el punto de vista de la valoración de la prueba".

Además, el abogado Jon Ander Sánchez argumenta que Rivas fue condenado en base a la declaración de Mellet ante la Policía, que luego no fue ratificada ante el juez de instrucción ni en el juicio -cuando se acogió a su derecho a no declarar- y por lo tanto "no existe prueba de cargo contra él, ni datos objetivos, concretos y determinados".

Recoge también que la primera sentencia contra Rivas se basó en su supuesto "interés desmedido" por la Escuela de Hostelería, que luego el TSJA redujo a una "participación activa" pero que el defensor considera lógica puesto que Rivas era delegado de Empleo y un "grupo hostelero de primer nivel" iba a impartir formación "en un sector y una provincia con altísimos niveles de desempleo".

Por su parte, el abogado de Mellet, José Manuel Carrión, basa su recurso en el "hecho de extrema gravedad" que fue la incorporación al procedimiento de la "grabación subrepticia" realizada por el empresario Pedro Sánchez Cuerda.

Aunque es cierto que no necesitaba autorización judicial al ser una grabación hecha por uno de los interlocutores, el letrado destaca que se hizo

"no en la calle ni en un restaurante, sino en el despacho profesional de Mellet, que forma parte de su ámbito de intimidad", tal como mantienen el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Tribunal Constitucional y el Supremo al que ahora se dirige.

Mantiene además que fueron unas "declaraciones provocadas", pues los empresarios "desarrollaron un arte o engaño", acudieron a la reunión cuando ya no estaban interesados en el proyecto y "consiguieron provocar subrepticiamente declaraciones sobre hechos o personas, que no es seguro que hubieran logrado si se hubieran presentado con sus auténticas intenciones".

Carrión argumenta que el entonces gerente de Mercasevilla no era funcionario público pues fue nombrado por una Junta General integrada por el Ayuntamiento, la sociedad estatal Mercasa y la Asociación de Mayoristas, que al ser una entidad privada hace que el capital de la lonja no fuese "íntegramente público".

Afirma, por otra parte, que de lo manifestado en el juicio "no se puede entender de forma determinada y clara que sea una dádiva" lo que los condenados pedían a los empresarios, según el recurso al que ha tenido acceso Efe.

La causa por la petición de comisiones fue la primera del caso Mercasevilla, que luego se amplió a la venta de los terrenos, el presunto delito societario, la adjudicación de la guardería y los ERE del 2003 y 2007, caso que terminó extendido a varios centenares de ayudas sociolaborales de la Junta que ahora investiga la juez Mercedes Alaya.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN