El tiempo en: Sevilla
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Ronda

Condenan a un hombre a prisión y a pagar 46.000 euros a otro por romperle la nariz en una pelea

Los hechos ocurrieron en mayo de 2010 en la localidad malagueña de Ronda cuando el acusado vio a la víctima salir de un videoclub y se inició una discusión entre ambos

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai

La Audiencia de Málaga ha condenado a un hombre a un año y medio de prisión por romper la nariz a otro durante una pelea. Además, le ha impuesto el pago de una indemnización a la víctima de más de 46.000 euros por las lesiones y secuelas, ya que tuvo que ser operado y hospitalizado.

   Los hechos ocurrieron en mayo de 2010 en la localidad malagueña de Ronda cuando, según se considera probado la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, que iba acompañado por dos compañeros, vio a la víctima salir de un videoclub y se inició una discusión entre ambos.

   Tal y como detalla la resolución, en el transcurso de la pelea el acusado golpeó fuertemente en la cara a su contrincante y, una vez que éste cayó al suelo, continuó dándole patadas y puñetazos, por lo que acabó provocándole, además de varias heridas, una rotura de nariz.

   Como consecuencia de los golpes recibidos, además, la víctima sufrió una luxación en el hombro izquierdo, lesión que acabó necesitando de una intervención quirúrgica. Con todo, la víctima pasó 240 días de incapacidad, dos de los cuales fueron con hospitalización.

   Por todos estos hechos, y desestimando posibles atenuantes de la responsabilidad del acusado alegadas por la defensa, ya que "ni siquiera de la propia declaración es posible inferir la existencia de una agresión ilegítima previa", la Sala lo condena a un año y medio de cárcel por un delito de lesiones.

   El hombre, a su vez, tendrá que indemnizar a la víctima con 46.387,66 euros como consecuencia de los días de incapacidad y de las secuelas producidas tras la pelea, tal y como relata la sentencia.

   Asimismo, se le ha impuesto al acusado la prohibición de acercarse a la víctima, su domicilio o lugar de trabajo a menos de 50 metros; además la imposibilidad de comunicarse con él por cualquier medio durante un periodo de dos años.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN