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Sevilla

Un juzgado investiga el reingreso de Castaño en la Fundación DeSevilla a manos de Monteseirín

El TSJA atribuye a Monteseirín posible tráfico de influencias y prevaricación por el retorno de Castaño a la Fundación DeSevilla

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Después de que la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) remitiese al juzgado de guardia la sentencia en la que dicha instancia judicial ratifica como procedente el despido del exasesor del grupo socialista del Ayuntamiento hispalense Domingo Enrique Castaño, en la Fundación para la Formación, Innovación y Cooperación, conocida como la Fundación DeSevilla, el Juzgado de Instrucción número 14 de Sevilla ha incoado actuaciones al respecto. Y es que en dicha sentencia, el TSJA señala que los hechos contenidos en la misma y relativos al exalcalde hispalense Alfredo Sánchez Monteseirín, Castaño y el secretario de la fundación, "podrían ser constitutivos de presuntos delitos de "tráfico de influencias y prevaricación".

   Según informa el TSJA, el Juzgado de Instrucción número 14 ha recogido la sentencia enviada por el Alto Tribunal andaluz y determinará ahora "si debe instruir" las actuaciones por sí mismo o "si ya hay otros juzgados en la ciudad que están investigando sobre los acusados en hechos similares y, por tanto, se acumularían los procesos", toda vez que el Juzgado de Instrucción número 16 indaga actualmente la demanda del patronato de la Fundación DeSevilla contra los antiguos gestores de la institución.

   Fue en noviembre de 2012, como se recordará, cuando el patronato de esta fundación ya extinguida formulaba una denuncia por presuntos delitos societarios, de apropiación indebida, malversación de caudales públicos, falsedad en documento público, fraude en subvenciones, delitos contra la hacienda pública e infidelidad en la custodia de documentos. Los hechos denunciados se encuadran en la gestión de la fundación durante el mandato 2007/2011, cuando IU-CA dirigía esta institución.

   La denuncia, promovida por el actual gobierno municipal del PP, avisaba del "crecimiento desmesurado" de contrataciones en favor de miembros del Partido Comunista de Andalucía (PCA), alertando de que los gestores de la fundación destinaban las subvenciones a "otros fines de los propiamente subvencionados" y "sin justificación". Media además un informe de la Intervención General que señala que "la gestión de los programas subvencionados ha dado lugar a gastos que no pueden ser objeto de las subvenciones", insistiendo en una "desviación sustancial de los fines de las subvenciones concedidas".

   En la causa figuran como imputados el exprimer teniente de alcalde del Ayuntamiento Antonio Rodrigo Torrijos (IU-CA), el exgerente de la fundación Miguel López Adán (IU-CA) y el ex delegado no electo de Economía y Empleo Carlos Vázquez (IU-CA).

EL DESPIDO DE CASTAÑO

   Media en el asunto una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que ratifica una sentencia previa del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla, que declaró ya procedente el despido del exasesor del grupo socialista del Ayuntamiento hispalense Domingo Enrique Castaño en la citada fundación, sometida a un expediente de regulación de empleo (ERE) a finales del pasado mandato, antes de que el PP desembarcase en la Alcaldía.

   En un contexto en el que Alfredo Sánchez Monteseirín, como alcalde ya en funciones al haber sido celebradas las elecciones municipales, solicitó al gerente de la fundación la readmisión de Castaño a partir del 1 de junio de 2011, con un salario anual de 35.000 euros, lo que fue llevado a efecto hasta su despido el 5 de octubre de 2011 a manos del Gobierno local del PP, el Alto Tribunal andaluz considera en su sentencia que "cabe inferir un hacer que podría ser constitutivo de delito" en relación al hecho de que el secretario del patronato de la fundación emitiera un informe en el que consideraba que Castaño inició el disfrute de su excedencia el 16 de septiembre de 2007, excedencia "que le fue tácitamente concedida y que permanecía en ella", todo ello a pesar de que en fechas anteriores la misma fundación denegó el reingreso de Castaño.

   Ello, según el TSJA, "supuso o que hubo un despido o que se negaba toda relación laboral con la misma, sin que Castaño hubiera accionado, y sin embargo se le reconoce por la fundación, previo informe de su secretario, que estaba en 'excedencia tácita', figura inexistente en el ordenamiento jurídico".  Además, como señala la sentencia, "pocas fechas después se inicia el ERE de la fundación, no sin que antes el presidente de la fundación, Alfredo Sánchez Monteseirín, ordenase la reincorporación" de Castaño a la fundación, "dando cumplimiento a tal orden el gerente de tal ente instrumental".

DE NUEVO MONTESEIRÍN

   Lo cierto es que la sala de lo Social del TSJA ha dado traslado de la sentencia al juzgado de guardia , porque "los hechos relatados pueden ser constitutivos de delito de tráfico de influencias y prevaricación de los que serían presuntos autores el señor Monteseirín, el demandante y recurrente Domingo Enrique Castaño y el secretario del Patronato de la Fundación en diciembre de 2010".

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