El tiempo en: Sevilla

Almería

Condenado un hombre por intentar traficar con un medicamento dirigido a tratar disfunción eréctil

En concreto, y tras las gestiones realizadas por los miembros del Grupo I de Consumo, Medio Ambiente y Dopaje, se tuvo conocimiento de que el acusado era el destinatario de uno de esos paquetes que contenía 352 comprimidos de Tadalafilo

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai

El Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha condenado a un hombre de 35 años residente en Roquetas de Mar (Almería) a seis meses de prisión acusado de un presunto delito contra la salud pública después de que se encontrara en posesión de un cargamento de pastillas cuyo principal activo es un compuesto no autorizado en España destinado a tratar la disfunción eréctil.

   El fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, recoge que en julio de 2012 la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios dirigió un escrito a la Comisaría General de la Policía Judicial en el que alertaba de que la Agencia Tributaria, a través de la aduana del Aeropuerto Adolfo Suárez-Barajas, había detectado el envío "reiterado" de varios paquetes con un medicamento no autorizado.

   En concreto, y tras las gestiones realizadas por los miembros del Grupo I de Consumo, Medio Ambiente y Dopaje, se tuvo conocimiento de que el acusado era el destinatario de uno de esos paquetes que contenía 352 comprimidos de Tadalafilo, un inhibidor selectivo de la enzima específica del pene que se utiliza para el tratamiento de la disfunción eréctil y de la hiperplasia benigna de próstata.

   La sentencia, dictada de conformidad por las partes, señala que el producto no está autorizado en el país y "es susceptible de ocasionar riesgos a la salud pública", pese a lo cual, el acusado pretendía introducirlo de manera "ilícita" en el mercado.

   La magistrada María Soledad Balaguer condena también al acusado al pago de una multa de 540 euros a razón de tres euros diarios durante un periodo de seis meses, si bien acuerda la suspensión de la ejecución de la pena por un periodo de dos años con la condición de que el reo no delinca durante ese periodo.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN