El tiempo en: Sevilla

El Puerto

El Ayuntamiento de El Puerto inicia los trámites para la demolición de una vivienda ilegal en pinar de Coig

Evita así caer en prevaricación. Esta demolición no implica el desahucio ni entraña riesgo habitacional para los propietarios, quienes poseen otra vivienda en otro municipio en el que residen habitualmente. Se trata, por tanto, de una segunda vivienda.

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai

El Ayuntamiento de El Puerto de Santa María --gobernado por PSOE, IU y Levantemos El Puerto-- ha iniciado los trámites para ejecutar de manera subsidiaria la demolición de una vivienda ilegal ubicada en el pinar de Coig, tal y como se ha requerido al Consistorio por parte de un juzgado para dar cumplimiento a una sentencia firme dictada en 2008.

Así lo ha explicado a Europa Press el edil de Urbanismo, Antonio Fernández (IU), quien detalla que esta demolición no implica el desahucio ni entraña riesgo habitacional para los propietarios, quienes poseen otra vivienda en otro municipio en el que residen habitualmente.

Se trata, por tanto, de una segunda vivienda. Indica que el juzgado dictó sentencia en el año 2008 y desde entonces ha realizado varios requerimientos al propietario para que proceda a la demolición tanto del vallado como de la vivienda en cuestión, que destaca que está enclavada en un pinar protegido.

Al hacer caso omiso el propietario a los requerimientos judiciales, el juzgado ha solicitado al Ayuntamiento que proceda a la demolición de manera subsidiaria. De esta manera, el gobierno local ha aprobado un decreto para la demolición, pues de lo contrario incurriría en prevaricación, según apunta Fernández.

Explica el responsable de Urbanismo que se ha iniciado el procedimiento, que pasa por la solicitud de presupuestos y otras cuestiones previas a la demolición.

Finalmente, detalla que el Ayuntamiento interpondrá el procedimiento legal oportuno para que le sean revertidos los costes del derribo por parte del propietario, que es quien debió ejecutar la sentencia.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN