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El jurado popular declara culpable al acusado de asesinar a su vecina en Coria

El jurado popular ha declarado culpable de un delito de asesinato a Moisés R. R, apodado el Canario y para quien la Fiscalía solicita 21 años de cárcel por matar a su vecina en septiembre de 2014 en una finca agrícola de Coria

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El jurado popular ha declarado este martes culpable de un delito de asesinato a Moisés R.R., apodado el 'Canario' y para quien la Fiscalía de Sevilla solicita 21 años de cárcel por matar a su vecina en septiembre de 2014 en una finca agrícola de la localidad sevillana de Coria del Río, según han informado a Europa Press fuentes del caso.

   En un veredicto hecho público este martes en la Audiencia Provincial de Sevilla, el jurado ha declarado probado por unanimidad que fue en la mañana del día 4 de septiembre de 2014 cuando el acusado llevó a la víctima en su vehículo hasta una finca en Coria, y concretamente hasta una zona "aislada y apartada de cualquier núcleo urbano, de difícil acceso y escasa visibilidad".

   El jurado, en este sentido, ha considerado probado que Moisés propinó a la víctima dos "fuertes" golpes en la cabeza con un objeto contundente, en concreto un palo de madera, lo que le provocó la fractura del cráneo y su posterior muerte, todo ello "de forma sorpresiva y sin posibilidad de defensa", ya que la víctima se encontraba en el suelo en el momento de la agresión.

   Según expuso en el juicio el médico forense que practicó la autopsia al cadáver, éste presentaba tres golpes en la cabeza, dos de ellos en la zona posterior del cráneo y que serían compatibles con un palo de madera hallado a unos 15 metros del cuerpo con restos de sangre y de cabello.

   Asimismo, el jurado ha declarado probado por unanimidad que, a continuación, el acusado cogió las pertenencias de su vecina y abandonó el lugar "dejando allí el cuerpo", dirigiéndose el día siguiente a una sucursal bancaria de Guillena donde, "con ánimo de enriquecerse injustamente", empleó la tarjeta de crédito de la fallecida y, aprovechando que ésta llevada apuntado el número de pin en un papel en su cartera junto con la tarjeta, extrajo a través del cajero 470 euros que incorporó a su patrimonio.

LA FISCALÍA PIDE 21 AÑOS DE CÁRCEL

   Por el contrario, el jurado no ha declarado probado que en este caso concurra la agravante de ensañamiento solicitada por una de las acusaciones particulares por haberle golpeado con la intención de provocarle "un especial sufrimiento", ni tampoco que ambos mantuviera una relación y que el acusado la matara porque se sentía "acosado" al querer la fallecida mantener una relación pese a que el imputado tenía una nueva pareja.

   Los miembros del jurado se han opuesto a que se proponga al Gobierno central el indulto total o parcial de la pena para el acusado.

   Tras la lectura del veredicto, la Fiscalía ha pedido para el procesado 21 años de cárcel --20 años por un delito de asesinato y un año por estafa--, así como el pago de una indemnización de 150.000 euros al hijo de la fallecida, mientras que las acusaciones particulares han pedido 23 años de prisión y la defensa del imputado ha interesado la pena mínima.

EL ACUSADO NO DECLARA

   En el juicio, el imputado se acogió a su derecho constitucional a no declarar, aunque al finalizar la vista oral hizo uso de su derecho a la última palabra para pedir "perdón" a la familia de la fallecida.

   Para el jurado, ha resultado clave el testimonio del jefe del Grupo de Homicidios de la Policía Nacional, quien aseguró que tiene "clarísimo" que Moisés R.R. tenía un "plan preconcebido" para acabar con la vida de la víctima, a la que, según confesó, propinó dos golpes con un palo.

   La víctima "no sabía que iba allí a morir, llegó allí confiada en Moisés, que llevaba un palo y sabía lo que iba a hacer, la llevó engañada", declaró de forma tajante el jefe del Grupo de Homicidios en el juicio.

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