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Sevilla

Absuelto a pesar de no informar de los riesgos de una gluteoplastia

La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un cirujano para el que la Fiscalía pedía un año de cárcel por no informar a una paciente

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un cirujano para el que la Fiscalía pedía un año de cárcel por no informar a una paciente de los riesgos que conllevaba la operación de gluteoplastia a la que iba a ser sometida y por firmar en lugar de la afectada el documento del 'Consentimiento informado para gluteoplastia de aumento'.

   En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia absuelve a R.C.G. del delito continuado de falsedad documental por el que el Ministerio Público le pedía un año de cárcel y el pago de una multa de 1.620 euros y de los dos delitos de estafa procesal por los que la acusación particular le pedía cinco años de prisión.

   El tribunal considera probado que el acusado, cirujano plástico de profesión, recibió el 27 de enero de 2009 en su consulta a la denunciante, que le pidió una intervención de gluteoplastia de aumento, iniciando ese mismo día su historial médico, en el que "se anota que se colocarán implantes redondos y grandes, aunque el cirujano lo desaconseja, al insistir la paciente en que le gustan lo más parecidos a Jennifer López".

   El 13 de  febrero de 2009, se realizó la intervención pactada, "entregando la paciente firmado el documento de consentimiento informado exclusivamente en la última hoja", precisando la Audiencia que el documento sobre consentimiento informado para gluteoplastia de aumento "es un documento preparado por la Sociedad Española de Cirugía Plástica,  Reparadora y Estética que tiene fecha de 3 de febrero de 2009, y que consta de 6 folios numerados".

   Los cinco primeros folios contienen bajo el epígrafe general 'Consentimiento informado para gluteoplastia de aumento' las instrucciones generales en las que se indica que 'es importante que lea esta información de forma cuidadosa y completa. Por favor, ponga sus iniciales en cada página, indicando así que ha leído la página y firme en la última página el consentimiento para la cirugía propuesta por el cirujano'.

   A continuación, recoge información general sobre la cirugía, el tratamiento alternativo, los riesgos de la cirugía, el seguro de salud, las necesidades de una cirugía adicional, las responsabilidades económicas y las renuncias, indicando que "es importante que lea cuidadosamente la información anterior y hayan sido respondidas todas sus preguntas antes de que firme el consentimiento de la página siguiente".

   "Las iniciales" de la denunciante "no fueron por ella estampadas, haciéndolo" el acusado, asevera la Audiencia, que precisa que la sexta página del documento, y bajo el epígrafe 'Consentimiento para cirugía/procedimiento o tratamiento', contiene hasta ocho apartados en los que se autoriza al cirujano para la intervención.

LOS HECHOS IMPUTADOS NO HAN QUEDADO DEMOSTRADOS

   La Audiencia concluye que "los hechos imputados no han quedado demostrados", señalando que "ninguna duda existe acerca de la cierta estampación por el propio acusado de las iniciales del nombre y los dos apellidos" de la paciente en los cinco primeros folios que se contienen bajo el epígrafe general 'Consentimiento informado para gluteoplastia de aumento', "pues él mismo lo ha reconocido en el juicio oral y cuantas veces durante la instrucción fue preguntado por ello".

   De este modo, la controversia recae, "de un lado, en determinar el momento en el que le fue presentado el documento para su firma, y de otro, si se le hizo o no entrega de los cinco primeros folios" a la paciente.

   En relación al momento en que el documento de consentimiento informado le fue presentado para su firma, la denunciante, "ni con su denuncia ni con ocasión de las dos declaraciones prestadas ante el instructor, explicó cual fue ese momento, manifestando sorpresivamente en el plenario que se le entregó el día de la intervención, en la antesala del quirófano, inmediatamente antes de la operación, estando  de pie en bata y con los patucos".

   Frente a su manifestación, el acusado explicó que los seis folios del documento de consentimiento informado están registrados en un mismo archivo informático como un único documento, que él se lo entregó personalmente a la paciente y que de su contenido habló "largo y tendido" en dos ocasiones antes de la intervención, mismo sentido en el que declara su auxiliar de consulta.

   A juicio de la Audiencia, la documental existente en la causa "revela la entrega del consentimiento informado con anterioridad a la intervención programada para el día 13 de febrero".

"VERDADERO" CONSENTIMIENTO INFORMADO

   Seguidamente, la Audiencia analiza la segunda cuestión controvertida, como es si a la paciente se le hizo entrega de los cinco primeros folios del documento de consentimiento informado, o sólo de la última página, el folio número 6, señalando que en la denuncia la paciente manifestó que "nunca le fueron presentados los folios 1 a 5 del documento desconociendo su contenido", lo que fue negado por el acusado.

   "No consideramos suficiente la declaración de la paciente para solo en atención a ella considerar acreditado que no le fueron mostrados ni entregados los folios 1 a 5 del documento de consentimiento informado, y por ello, de nuevo la duda razonable y razonada acerca de la posibilidad de que si le fueran mostrados ha de interpretarse a favor del reo", argumenta el tribunal.

   Al hilo, analiza igualmente si la estampación por el acusado de las iniciales del nombre y los dos apellidos de la paciente en los folios 1 a 5 del documento conforma el delito de falsedad que se le atribuye, pero la Audiencia señala que dicha falsedad sería "inocua y carente de potencialidad lesiva", pues la firma del último de los folios que conforman el documento único, "perfectamente numerado, engloba la lectura de las hojas anteriores".

   A su juicio, "el verdadero consentimiento informado se contiene en el folio 6 firmado" por la paciente, concluye la Audiencia.

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