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Miércoles 03/07/2024  

Jerez

El Consejo de Transparencia reprende a cinco ayuntamientos

Jerez, en dos ocasiones, El Puerto, Tarifa, San Roque y Rota, los señalados

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  • Ayuntamiento de Jerez. -

El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, la autoridad independiente de control en materia de transparencia y protección de datos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha llamado la atención en 2016 a cinco ayuntamientos gaditanos y a la Universidad de Cádiz.
De acuerdo con información recabada de sus primeros informes trimestrales, esta administración institucional, que se puso en marcha este año, ha dictado “resoluciones estimadas” contra las administraciones locales de Jerez, El Puerto de Santa María, San Roque y Tarifa. Además, estimó “parcialmente” recursos presentados contra el consistorio roteño y la mencionada UCA. Dentro de estas reclamaciones en materia de acceso a la información pública, en el caso de Jerez son dos las que se han llevado a este Consejo. La primera de ellas, fue presentada por un sindicato el pasado 16 de mayo “ante la ausencia de respuesta por parte del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera” a una solicitud de información.

En concreto, se hace constar que dicha sección sindical tuvo conocimiento del “acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local el pasado 4 de marzo, por el cual se aprobaba la propuesta de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Jerez” , por lo que la organización solicitó amparo al Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía para “el acceso a la información contenida en el expediente de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada” y la “vista del expediente para su consulta y examen, y expedición de copias de todos los documentos que integran el expediente”.

Así pues, el Consejo resolvió “instar al citado Ayuntamiento a que, en el plazo de quince días, ofrezca al reclamante el acceso al expediente objeto de la solicitud y copias de los documentos obrantes en el mismo, dando cuenta de lo actuado, en el mismo plazo, a este Consejo”.
Para ello, expuso de forma previa que “la ausencia de respuesta” por parte del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera supone un “incumplimiento” de lo previsto en el artículo 32 de la LTPA, y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Tasas
El segundo caso registrado  en Jerez hace referencia a la solicitud de datos sobre los expedientes que desde el día 1 de julio de 2015 hasta el día 29 de febrero de 2016 “se han tramitado por este Ayuntamiento” y han implicado , o no, “el cobro de la Tasa por servicios especiales por espectáculos o transportes que se rige por la mencionada Ordenanza Fiscal”.
En esta situación, dicha administración institucional decidió igualmente instar a la administración local jerezana a que, en el plazo de veinte días, ofreciera al reclamante “el acceso a los expedientes objeto de la solicitud, dando cuenta de lo actuado, en el mismo plazo, a este Consejo”.

Empresa municipal
Otra de las reclamaciones fue interpuesta en contra de la empresa municipal Impulsa El Puerto, del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María. El demandante indicaba que el día 2 de agosto de 2016 presentó por registro de entrada una solicitud en la citada empresa donde pedía dos documentaciones.

“Hoy día 6 de septiembre de 2016 he recibido un escrito donde se me desestima acceder a las solicitudes (contratos de compraventa) y no se me contesta la segunda solicitud de documentación (contratos de arrendamiento)”, se quejaba por aquel entonces. La respuesta del Consejo fue instar a la citada empresa pública a poner a disposición del reclamante la información solicitada en un plazo de 15 días.
Ya en el Campo de Gibraltar, el asunto de la disputa fue un informe de Tesorería del Ayuntamiento de Tarifa en el que se detalla el estado de quiebra técnica del municipio y del cual se hicieron eco varios medios de comunicación.

La resolución, firmada a 30 de noviembre, lee la cartilla al consistorio tarifeño al llamar la atención sobre el hecho de que los datos han sido demandados al consistorio hasta en dos ocasiones sin que se haya recibido respuesta. La posición de dicho órgano de control es clara: “de nuevo se le advierte de la obligación de colaborar en la tramitación de las reclamaciones ante este Consejo”, llega a afirmarse en el documento, que indica a la administración local del plazo de 15 días para responder.
No muy lejos, en San Roque, los responsables municipales se llevaron también su reprimenda. Fue por un escrito registrado en el ente local el 17 de septiembre de 2015, por parte de un edil de la Corporación interesándose por “los reparos realizados en los informes de fiscalización de nóminas por la intervención”.

Si bien  con fecha 20 de junio de 2016 tiene entrada en el Consejo un escrito del Ayuntamiento de San Roque “con el que se acompaña informe y el expediente”, se matiza que “en el informe jurídico se ratifica la pertinencia de aplicar la causa de inadmisión”.
El propio Consejo da la razón al reclamante al exponer que “su solicitud no puede ser inadmitida a trámite (...) con base en una causa de inadmisión propia de la legislación en materia de transparencia”.

El único caso municipal cuyo recurso ha sido “estimado parcialmente” guarda relación con el consistorio roteño. Se trató de una pregunta sobre procedimientos de suspensión de suministros de agua, dirigida a  la Empresa Municipal de Aguas de Rota, que fue invitada a contestar en la franja temporal de un mes.
Por su parte, la Universidad de Cádiz protagonizó la otra estimación parcial registrada en relación con la provincia. Se debió a cuestiones relacionadas con  el programa de doctorado de Ciencias Sociales.

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