El tiempo en: Sevilla

Jerez

Los Cachimbas condenados a penas de entre 8 y 13 años de cárcel

La Audiencia impone a los hermanos Pedro y José la obligación de indemnizar solidariamente con la cantidad de 360.000 euros al policía local que perdió el ojo

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Los hermanos en el juzgado -

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a penas que oscilan entre los ocho años y cuatro meses y los 13 años de cárcel a los tres hermanos juzgados por los altercados ocurridos en Puerto Serrano en enero de 2015, incluyendo un asalto a la Jefatura de la Policía Local para liberar a uno de ellos y el intento de homicidio de un agente, al cual provocaron la pérdida de un ojo con un cristal de la puerta que habían fracturado previamente.

La sentencia condena a uno de los hermanos, concretamente a Jorge, a ocho años y cuatro meses de cárcel por delitos de conducción temeraria, resistencia, atentado y atentado con instrumento peligroso, con el agravante de reincidencia en la mayoría de los casos. Asimismo, le impone una multa de 90 euros por una falta de daños.

En cambio, la Audiencia le absuelve del resto de delitos de los que se le acusaban, destacando el de atentado con instrumento peligroso en concurso ideal con su condición de cómplice de un delito homicidio en grado de tentativa en relación con el policía local que acabó perdiendo un ojo.

En cuanto a José, el tribunal le condena a once años y dos meses de prisión por delitos de atentado, conducción sin licencia y como cooperador necesario en un delito de homicidio con el agravante de abuso de superioridad en concurso ideal con un delito de atentado con medio peligroso. Asimismo, le impone la prohibición de acercarse a menos de 200 metros y de comunicarse con el agente de policía local agredido por espacio de 19 años.

En cuanto al tercero de los hermanos, Pedro, la Audiencia le impone una pena de nueve años de prisión como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, con el agravante de abuso de superioridad en concurso ideal con un delito de atentado con instrumento peligroso, concurriendo el agravante de reincidencia.

Tampoco podrá acercarse a menos de 200 metros o comunicarse con el agente de policía local agredido por espacio de 19 años. A ello, añade otros cuatro años de cárcel por un delito de atentado con instrumento peligroso.

Asimismo, se le imponen multas como autor de varias faltas de daños y de un delito consistente en proporcionar la evasión a un detenido, su hermano Jorge.

Además, la Audiencia impone a los hermanos Pedro y José la obligación de indemnizar solidariamente con la cantidad de 360.000 euros al policía local que perdió el ojo, al que han quedado numerosas secuelas por las que se le ha concedido una incapacidad permanente total para el ejercicio de su profesión.

Los otros dos agentes afectados también deberán ser indemnizados, aunque en cantidades que oscilan entre los 80 euros y los 1.285 euros. Asimismo, deberán indemnizar al Ayuntamiento de Puerto Serrano en 242 euros por los daños causados en las dependencias policiales.

Cabe recordar que el juicio arrancó el pasado 20 de febrero y se desarrolló durante cuatro jornadas en la Sección de la Audiencia en Jerez de la Frontera. El Ministerio Fiscal solicitaba para Jorge una pena de 18 años de cárcel, 14 años y siete meses para José y 32 años y cinco meses para Pedro.

UNA SENTENCIA "EQUILIBRADA Y JUSTA"

En declaraciones a Europa Press, Ramón Dávila, abogado del principal perjudicado por la acción de los condenados, ha manifestado que, aunque aún no ha tenido ocasión de estudiarla en profundidad, su primera impresión es que se trata de una sentencia "equilibrada y justa".

En su opinión, es una sentencia "muy sólida y muy bien construida", que se ha realizado estableciendo unos hechos probados "en aplicación estricta de las pruebas practicadas".

Ha añadido que, "en lo fundamental, estima todas las tesis de la acusación", al tiempo que "desestima la existencia de cualquier atenuante, desestima eximentes y constata la existencia de agravantes".

Al respecto, cabe recordar que los acusados hicieron constantes alusiones durante el juicio a su historial psiquiátrico, así como a sus adicciones al alcohol y a sustancias estupefacientes.

Dávila ha resaltado que la sentencia "estima en un 99 por ciento las posiciones de las acusaciones", si bien a la hora de establecer las penas aplica el concurso de delitos, con lo que "en algún caso la pena no sea la máxima que esperábamos".

En cuanto a la indemnización establecida por la Audiencia para su patrocinado, ha reconocido que se trata de una cantidad "importante", que no llega a lo que ellos solicitaban pero que supera lo que pedía el Ministerio Fiscal.

El abogado ha incidido en que "en su conjunto es una sentencia equilibrada y justa", calificándola también de "objetiva, bien construida y técnicamente muy bien sustentada".

RECLAMACIÓN AL AYUNTAMIENTO

Según ha explicado Ramón Dávila a Europa Press, a partir de ahora seguirán adelante con la reclamación interpuesta en su día contra el Ayuntamiento de Puerto Serrano por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, procedimiento que se encontraba en suspenso hasta que hubiera sentencia en la vía penal.

Como se recordará, el policía que perdió el ojo como consecuencia de la brutal agresión de los condenados presentó en 2015 ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social un escrito en el que solicitaba que se iniciara un expediente de recargo de prestaciones por "falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo frente al Ayuntamiento de Puerto Serrano".

Y es que, según sostiene, fue esa "falta de medidas de seguridad" por parte del Ayuntamiento lo que facilitó la entrada de los delincuentes en la Jefatura de la Policía Municipal y la agresión de éstos.

En su escrito, al que accedió en su momento Europa Press, califica de "deficitaria y ridícula" la dependencia policial, "una antigua estación de autobuses con las mínimas condiciones de seguridad, por no decir ninguna". Asimismo, señala que la puerta que fue fracturada "incumplía absolutamente" las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Entre otras cuestiones, apunta que es "evidente" que el Ayuntamiento de Puerto Serrano "no ha evaluado los riesgos derivados de una posible agresión en el centro de trabajo, a pesar de tratarse de una localidad en la que existe un alto índice de delincuencia".

Enfatiza que las dependencias policiales son "pequeñas, aisladas, con recursos humanos y materiales insuficientes o deficitarios". Igualmente, llama la atención sobre la "manifiesta vulnerabilidad del recinto, carente de puertas de seguridad o de ventanas que impidieran el fácil acceso que tuvieron en este caso los delincuentes".

Además, considera que la causa del accidente sufrido por el trabajador se encuentra "directamente relacionada con la omisión de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, pues la falta de organización ante posible situaciones de riesgo y el mal estado del centro de trabajo ha supuesto, como se ha constatado finalmente, un grave perjuicio para la seguridad y salud de los trabajadores".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN