El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado por un delito de acoso reiterado e ilegítimo, conocido habitualmente como 'stalking', a un hombre de 58 años que tenía prohibido contactar con su ex pareja sentimental y que, pese a ello, se dedicó a remitir cartas a su entorno más cercano así como a su párroco, al obispo y hasta el Papa con declaraciones sobre su persona y la de la víctima.
El fallo, dictado de conformidad y consultado por Europa Press, condena al hombre por un delito regulado en el artículo 172 tercero del Código Penal que recoge conductas que pueden alterar "gravemente" el desarrollo de la vida de la víctima, como ser perseguida, buscar su cercanía física o intentar establecer contacto con ella a través de cualquier medio o terceras personas.
En concreto, y según la sentencia, el hombre habría remitido una serie de cartas entre diciembre de 2015 y abril de 2016 al entorno "más próximo" de la mujer, entre quienes figuran su madre, su hermana o su hijo, así como al cura de su parroquia, al obispo y al Papa "con la certeza de que llegarían al conocimiento de la mujer".
Las cartas comenzaron a enviarse dos días después de que el hombre fuera condenado por sentencia firme por dos delitos de amenazas en el ámbito de la violencia contra la mujer a 110 días de trabajos a beneficio de la comunidad y a seis años de prohibición de acercarse o comunicarse con la mujer.
Los hechos fueron reconocidos por el acusado antes de la vista oral, por lo que se dictó sentencia firme conforme a la petición final de la Fiscalía que interesó como condena 60 días más de trabajos en beneficio de la comunidad, a lo que fue condenado así como al abono de las costas.