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Sevilla

Entran en vigor los límites de velocidad de 20 y 30 en Casco Antiguo

Las nuevas Zonas 30 y 20 de Sevilla, que suponen la limitación de la velocidad de los vehículos por el centro de la capital, han entrado en vigor este miércoles

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  • Una calle de plataforma única -

Las nuevas Zonas 30 y 20 de Sevilla, que suponen la limitación de la velocidad de los vehículos a 30 y 20 kilómetros por hora en el centro de la capital, dependiendo de las áreas, ha entrado en vigor oficialmente este miércoles.

En este sentido, el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publica este miércoles la resolución, recogida por Europa Press, que apunta al establecimiento de Zona 30 en todo el Casco Antiguo y de Zona 20 en las calles del centro histórico que cuenten con plataforma única y en las que, debido a su angostura, esté debidamente señalizada esta limitación.

Este decreto municipal viene a sumarse a la Ordenanza de Circulación de Sevilla con el objetivo de regular la convivencia entre los distintos modelos de desplazamiento que cohabitan en el centro, así como afianzar el uso del transporte público y la movilidad de peatones y ciclistas.

Así, se establece Zona 30 en todo el viario abierto al tráfico del Casco Antiguo de la ciudad. Concretamente, se refiere al sector que se encuentra dentro del perímetro establecido por las vías Paseo de las Delicias, Paseo Colón, Adriano, Pastor y Landero, Reyes Católicos, Julio César, Marqués de Paradas, San Laureano, Torneo, Resolana, Parlamento Andaluz, Muñoz León, Ronda de Capuchinos, María Auxiliadora, Recaredo, Menéndez y Pelayo, Avenida del Cid, Palos de la Frontera y avenida de Roma.

A esto se une el establecimiento de Zona 20 en aquellas calles que se encuentran dentro del perímetro con límite de velocidad de 30 kilómetros por hora que cuentan con plataforma única o que, en su defecto, dispongan de la señalización de inicio de Zona 20.

En lo que respecta a la prioridad que los distintos modos de transporte tienen en la calzada, la Ordenanza de Circulación de Sevilla establece en la Zona 30 la prioridad de las bicicletas sobre los vehículos a motor, sin perjuicio de lo establecido en el Reglamento General de Circulación para toda clase de vehículos en cuanto al cumplimiento de las normas de circulación.

Igualmente, establece la prioridad para bicicletas como para peatones en las Zonas 20, por tratarse bien de calles de plataforma única en las que los peatones comparten espacio con las bicicletas y los vehículos a motor o bien de vías las que la sección del acerado es tan estrecha que es habitual encontrar peatones circulando por la zona de calzada.

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