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El TSJA declara nulo el presupuesto de San Roque de 2016

Tras una denuncia del PIVG, el tribunal dice que el presupuesto de 2016 "no se ajusta al ordenamiento jurídico"

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  • Fallo de la sentencia.- -

La sala tercera de lo contencioso administrativo del TSJA, ha estimado el recurso presentado por el portavoz del PIVG, Jesús Mayoral, contra el Acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de San Roque con fecha 30 de diciembre de 2015, por el que se aprueba el Presupuesto General del Ayuntamiento,  que se anual por no ajustarse al ordenamiento jurídico.

"Como acostumbra el alcalde, en vez de entrar en el fondo de las alegaciones que presentamos los grupos municipales y admitir las que procedan porque se están vulnerando los principios legales, sistemáticamente se desestiman, alegando que no cumplen los requisitos exigidos en el art. 170.2.a del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales TRFLRHL. Donde el letrado municipal no ve infracciones, los jueces de lo contencioso si lo ven y así se demuestra con su sentencia".

"Además de los incumplimientos formales  del procedimiento y documentación, si vulneran la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad Financiera".

"Ruiz Boix alardea de que incumple la regla de gasto, según establece el art. 12, aunque la podría cumplir perfectamente como lo hemos hecho en el año 2012 el 2013 y el 2014 siendo concejal de Hacienda precisamente  Jesús Mayoral del PIVG, pero el alcalde  al sacar mayoría absoluta, se salta las obligaciones legales, al estilo de los separatistas catalanes y eso tiene consecuencias y llegan, se cree que está por encima de la ley. También infringe el art. 29 al omitir la redacción de un Plan Económico-Financiero".

"Otra cosa que le gusta es manejar los asuntos de personal a su gusto, y constantemente vulnera la Ley de Presupuesto del Estado en su art. 19.2,  en cuanto a retribuciones, pasándose de los límites de incrementos de la masa salarial, por pagos que realiza de retribuciones de forma arbitraria en forma de productividades o complementos a quien él quiere premiar".

"Otro incumplimiento es sobre el art. 20 de la misma Ley de PGE,  en cuanto a la contratación   que hace a través de las empresas municipales de personal temporal, que además lo hace de una forma irregular".

"Abusando de su mayoría absoluta el alcalde cree que puede manejar el ayuntamiento como si fuese su cortijo y ya le dijimos que el PIVG, haría un control y fiscalización responsable que no lo permitiría, aunque tuviésemos que acudir a la justicia, como en este caso y además la justicia nos da la razón.
Con este presupuesto haremos lo mismo y ya advertimos en la aprobación inicial del presupuesto que lo han hecho con el informe negativo de la Interventora puesto que vulneran las mismas leyes. Además del contencioso que ya nos ha dado la razón el TSJA iniciaremos la vía penal por prevaricación. Es la forma que al alcalde se le quite la chulería y manejar el ayuntamiento como si fuese su cortijo. Alguien así se busca la inhabilitación él solo".
 

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