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Sanciones para los alumnos madrileños que silencien casos de acoso

Estarán obligados a informar a sus profesores de los casos de acoso escolar que crean que están sufriendo otros compañeros de clase

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  • Aula. -
  • Los alumnos que incumplieran esta obligación podrían enfrentarse a sanciones, dependiendo del caso, muy graves, graves o leves
  • El nuevo decreto establece un marco regulador para que cada centro escolar disponga de su propio plan de convivencia

Los estudiantes de la Comunidad de Madrid estarán obligados a informar a sus profesores de los casos de acoso escolar que crean que están sufriendo otros compañeros de clase y podrán ser sancionados si no lo hacen, según el nuevo decreto aprobado este martes por el Gobierno autonómico.

Así lo recoge por primera vez la lista de deberes que debe cumplir el alumnado, y demás miembros de la comunidad educativa, en el nuevo decreto sobre convivencia escolar para reforzar la lucha contra el acoso en todos los centros públicos y concertados de la región, y que entrará en vigor el curso 2020-2021.

Los alumnos que incumplieran esta obligación podrían enfrentarse a sanciones, dependiendo del caso, muy graves, como la expulsión definitiva; graves, como una expulsión de seis días, o leves, como trabajos en beneficio de la comunidad, han precisado fuentes de la Consejería de Educación madrileña.

El decreto se ha aprobado tras el suicidio la semana pasada de un menor de 16 años en el instituto público Ciudad de Jaén, en Madrid.

El vicepresidente regional, Pedro Rollán, ha señalado que los centros tendrán autonomía a la hora de garantizar la convivencia escolar, "algo que nos preocupa extraordinariamente a los padres", sobre todo, tras lo ocurrido la semana pasada, un suceso que ha lamentado "profundamente".

El nuevo decreto establece un marco regulador para que cada centro escolar disponga de su propio plan de convivencia y de una comisión que garantice su cumplimiento.

La normativa dispone un marco regulador para que los centros escolares elaboren su propio plan de convivencia, así como la normativa que asegure su cumplimiento, a través de "comisiones de convivencia".

Las medidas incluyen a la totalidad de la comunidad educativa, haciendo especial hincapié en la prevención y la resolución de conflictos en los centros.

Además, la comisión elaborará al final de cada curso una memoria con los objetivos conseguidos, las actuaciones realizadas y sus conclusiones.

Serán los propios centros los que determinen la gravedad de las conductas y, por lo tanto, las medidas que se aplicarán al alumno implicado.

Cuando se produzca alguno de estos casos, el centro abrirá un expediente y designará a un profesor que será el instructor encargado de recopilar toda la información, trasladársela a los padres y adoptar una resolución en un plazo máximo de dieciocho días.

La resolución se le comunicará al alumno, a la familia, al Consejo Escolar, al claustro de profesores y al Servicio de Inspección Educativa de la Comunidad de Madrid.

En todos los casos se preservará el derecho de los estudiantes a la educación obligatoria y se valorarán la edad, la situación y circunstancias personales, familiares y sociales del alumno y cualquier otro factor que pueda haberle conducido a actuar de esa manera.

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