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Martes 07/05/2024  

Sevilla

Pregunta al Defensor Universitario: ¿sí o no a los actos religiosos?

La asociación UNI Laica pide al Defensor que inste al Rectorado a no participar ni prestar apoyo a actos de carácter religioso

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  • Entre los actos a los que se opone UNI Laica, el pregón universitario. -

El Defensor de la Universidad de Sevilla, el profesor de Derecho Constitucional Fernando Álvarez Ossorio, recibirá hoy un escrito de UNI Laica en el que esta asociación por la defensa de una universidad pública y laica solicita su intervención para que “proteja el derecho a la libertad de conciencia y a la igualdad de trato de todos los miembros de la comunidad universitaria con independencia de sus convicciones privadas”.

UNI Laica no se opone a la celebración de misas, procesiones u otros actos religiosos, sino al hecho de que éstos se celebren en el seno de una institución pública

Esta petición, a la que ha tenido acceso este periódico, viene derivada de la pasada Semana Santa, cuando la Universidad de Sevilla, como viene siendo así desde hace décadas, participó en actos de carácter religioso. Fue el caso del Pregón Universitario, el traslado de cruces y cirios de la Hermandad de los Estudiantes o la procesión de palmas, entre otros.

UNI Laica no se opone a la celebración de misas, procesiones u otros actos religiosos, sino al hecho de que éstos se celebren en el seno de una institución pública”. La asociación denuncia que estos hechos son “herencia de la dictadura franquista” y confía en que “esta aberración se corrija con la mayor brevedad posible”, recoge el escrito que se entregará al Defensor Universitario.

UNI Laica pide asimismo a Álvarez Ossorio que inste al Rectorado de la Hispalense a que se “abstenga de convocar o participar en actos confesionales en el seno de la Universidad, o a identificar y confundir a la Universidad con la Hermandad de los Estudiantes y con el Servicio de Asistencia Religiosa”. Entiende la asociación, por último, que debe guardarse un “respeto escrupuloso del principio de aconfesionalidad del Estado y de neutralidad de las instituciones pública en materia religiosa para garantizar la igualdad”.

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