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El fiscal no ve delito en desear que se estrelle un avión

La Fiscalía entiende que no lo hay en los tuits del rapero Hásel en los que deseaba que se estrellara un avión del Betis, por lo que pide su absolución

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  • El rapero Hásel. -

La Fiscalía Provincial de Sevilla ha indicado, en su escrito de calificaciones previas, que no aprecia delito en los 'tuits' del rapero Pablo Rivadulla, conocido popularmente como Pablo Hásel, que desean que se estrelle el avión del Betis por lo que pide su libre absolución.

Según han indicado fuentes próximas al caso a Europa Press, el Real Betis Balompié presentó una querella contra Hásel a raíz de un 'tuit' en el que indicaba que "A la plantilla del Betis que defiende al nazi, si no fuera porque también morirían los pilotos y azafatas, les desearía que su avión se estrella" por el apoyo del club verdiblanco a su jugador Roman Zozulya --ahora en el Albacete Balompié-- tras ceder su imagen para campañas del Ejército Popular Ucraniano (Narodna Armiya), una fundación-milicia de voluntarios.

Con respecto a este 'tuit' y a otro en los que indica que el Betis "hace apología del terrorismo", el Ministerio Público ha indicado que éstos representan "graves ofensas" tanto al club como a Zozulya si bien ha apuntado que no incurriría en ningún delito penal, tal y como ha adelantado 'Diario de Sevilla'.


De otra parte, fuentes cercanas al Real Betis han indicado a Europa Press, que pese a que la Fiscalía no ve delito, la representación legal del club seguirá con el procedimiento y mantendrá su acusación contra Hásel a quien le atribuye un delito de odio del artículo 510 del Código Pena.

Las mismas fuentes han apuntado que la petición de absolución de la Fiscalía "ya se conocía hace un año" y que desde el club sólo esperan a que se anuncie el señalamiento para este juicio que se celebrará en un Juzgado de lo Penal de Sevilla.

CONDENADO POR LA AUDIENCIA NACIONAL

Cabe recordar que la Audiencia Nacional condenó a dos años de cárcel y un día y multa de 24.300 euros a Rivadulla por los delitos de enaltecimiento de terrorismo, con la agravante de reincidencia, e injurias y calumnias contra la Corona e Instituciones del Estado por ensalzar a figuras de miembros de las bandas terroristas ETA y GRAPO en su perfil de Twitter.

Los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal exponen en una sentencia que las publicaciones del condenado suponen una "actuación conjunta, dirigida contra la Autoridad del Estado" y que aluden "a la necesidad de ir más allá en un comportamiento violento incluso con la utilización del terrorismo a cuyos miembros condenados judicialmente por ello se dirige en términos de ser el referente a imitar".

La representación legal de Hásel, ejercida por el letrado Juan Manuel Olarieta, presentó un recurso a la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional pidiendo la absolución para su patrocinado alegando "parcialidad" en los magistrados.

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