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El sapo no parará la ejecución del Parque en Campamento Benítez

La Junta de Andalucía ha firmado la resolución que permite al Ayuntamiento de Málaga impulsar el proyecto del parque

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  • Vista de la zona de Parque Benítez. -
  • Se exigen por la Delegación de la Junta actuaciones especiales dirigidas a conservar el hábitat del sapo amenazado
  • Consideran que el Proyecto es de obra pública ordinaria sin necesitar autorización ambiental unificada
  • La Junta destaca el clima de colaboración y diálogo existente ahora entre ambas instituciones

 El delegado territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca y Desarrollo Sostenible, Fernando Fernández Tapia-Ruano, ha firmado la resolución administrativa que permite al Ayuntamiento de Málaga impulsar el proyecto del parque en el Campamento Benítez.

La resolución se produce después de que la Delegación territorial estimara las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Málaga a un informe previo en el que se le planteaban dos condicionantes, que ahora han quedado resueltos con las nuevas formulaciones municipales, ha informado la Junta a través de un comunicado.

Así, tras las alegaciones y aclaraciones del Ayuntamiento malagueño “por parte de la Junta ya hay vía libre para que el proyecto del parque pueda ser impulsado” por el Consistorio, ha explicado Fernández, al tiempo que ha destacado “el clima de colaboración y diálogo existente entre ambas instituciones para poder desbloquear esta actuación”.

En las alegaciones se detallaba que la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras del Ayuntamiento de Málaga remite un informe del Servicio Jurídico Administrativo por el que se solicita la exención del procedimiento de autorización ambiental unificada al Proyecto de Urbanización de los terrenos del antiguo Campamento Benítez, dado que el mismo es un Proyecto de Obras Públicas Ordinarias.

En el informe se argumenta que el proyecto técnico presentado a efectos de obtener autorización de la Delegación Territorial en materia de aguas no es un Proyecto de Urbanización de los regulados en el artículo 98 de la Ley 7/2002 y referidos en el epígrafe 7.14 de la Ley 7/2007, sino un Proyecto de Obras Públicas Ordinarias, cuya regulación se establece en el artículo 143 de la Ley 7/2002 y en la ordenanza Municipal de Urbanización. Al respecto, según recoge el citado informe, así viene definido en la documentación del Plan Especial del Sistema General de Equipamiento Sgit/Sgit-BM.1 Parque Campamento Benítez.

La resolución de la Delegación territorial considera que, a la vista de las alegaciones municipales, procede su estimación, no debiendo someterse por tanto a autorización ambiental unificada el Proyecto de Obras Públicas Ordinarias para parque en los antiguos terrenos del Campamento Benítez por no estar comprendido en los supuestos recogidos en el Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio.

De igual modo, se han estimado las alegaciones relativas al encauzamiento del arroyo Cañuelo, en donde se encuentra una especie de sapo amenazada de extinción, extremo que se le había comunicado al Consistorio. Ante ello, el Ayuntamiento malagueño acometerá una serie de medidas correctoras al proyecto de encauzamiento que permitirán mantener un hábitat adecuado para que esta especie pueda seguir permaneciendo en la zona.

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