La Junta Electoral Central (JEC) ha resuelto sancionar con 500 euros de multa al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por haber lanzado mensajes electorales desde Moncloa en vísperas de los comicios del 10 de noviembre, lo que considera que supone una vulneración del principio de neutralidad de los poderes públicos que figura en la ley.
En su resolución, el organismo arbitral, que se ha reunido este jueves, señala que Sánchez, entonces en funciones, "incurrió en la infracción tipificada en el artículo 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General" al haber utilizado las dependencias del Palacio de la Moncloa y la web de Presidencia para una entrevista que concedió a La Sexta el pasado mes de octubre.
La JEC considera que el jefe del Ejecutivo ha quebrantado "el principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral", en aplicación del artículo 50.2 de la Ley Electoral.