El tiempo en: Sevilla

Almería

El TSJA paraliza cautelarmente la eliminación de los ficus de la Plaza Vieja

El anillo interno de arbolado integrado por ficus centenarios, a la espera de "depurar la legalidad" de la modificación al PGOU

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • El proyecto de la Plaza Vieja. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha paralizado cautelarmente el proyecto para eliminar de la Plaza Vieja de Almería el anillo interno de arbolado integrado por ficus centenarios, a la espera de "depurar la legalidad" de la modificación al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) impulsado por el equipo de gobierno del PP.

El Alto Tribunal estima la medida cautelar solicitada en el marco del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el acuerdo de pleno de día 22 de mayo, por el que se aprobó definitivamente la modificación que saca los árboles de la ficha del Catálogo de Edificios y Espacios Protegidos de la Plaza de la Constitución.

El auto, de 24 de septiembre y consultado por Europa Press, advierte, no obstante, de que en la normativa impugnada no se dice "nada" respecto al Monumento a Los Coloraos, conocido popularmente como 'El Pingurucho', por lo que, según remarca, no puede "suspender un hipotético traslado" tal y como pedían los demandantes.


"De la documentación aportada resulta que dicho monumento se encuentra en el espacio protegido EP/Nª7, Plaza de la Constitución, tanto en su redacción inicial, como en la modificada, al igual que aparece en la documentación gráfica de la Plaza, plano de la EP/Nº7 del PGOU", señala para añadir que el Ayuntamiento "no ha manifestado que la modificación aprobada implique su traslado, pues en la misma solo consta el del anillo de arbolado".

El TSJA considera procedente ordenar la suspensión cautelar solicitada por el grupo municipal del PSOE ya que la normativa urbanística que se ha recurrido "implica directamente una transformación física del suelo" y, por tanto, una mayor "probabilidad de crear situaciones irreversibles que no pueden echarse atrás si posteriormente si se declarasen ilegales".

Rechaza, en esta línea, todos argumentos esgrimidos por el consistorio almeriense y promotor de la modificación como en el que alude a que las raíces de los 21 árboles de la plaza "afectan a sus restos arqueológicos" ya que, según le recuerda, "no es ese el motivo" por el que ha justificado su traslado.

"La modificación se justifica en que interfiere visualmente el espacio generado por las edificaciones con la galería porticada que recorre perimetralmente la plaza, a la que asoma la parte alta del Convento de las Claras", subraya el Alto Tribunal que concluye que la motivación del equipo de gobierno "es de tipo estético y del reflejo de un concepto diferente de la Plaza de la Constitución".

Desestima, asimismo, que la suspensión cautelar suponga como alega el Ayuntamiento una "perturbación grave" de los intereses generales ya que "no se motiva como urgente la realización de las obras incluidas en un convenio marco del año 2000".

"La perturbación que ocasiona es de un mero retraso", traslada al tiempo que subraya que la situación actual del arbolado "según reconocen las mismas partes, lleva en la Plaza más de un siglo algunos ficus y otros, 32 años".

El Alto Tribunal andaluz concluye de todo esto que resulta "prevalente" que en la tramitación del recurso se "depure la legalidad" de la modificación del planeamiento general y señala que, de ser "desfavorable la sentencia" y tener que "reurbanizar la plaza" al momento anterior, "se produciría un gasto que con la paralización se evitaría".

En el auto, en el que no entra en el fondo del asunto, se rechaza la solicitud municipal de solicitar una garantía de 1,4 millones de euros "por no justificada, ni proporcionada" y porque "no se ha acreditado que posponer el proyecto de obras de urbanización de la Plaza durante el tiempo que dure la tramitación del proceso suponga un perjuicio más allá del retraso".

"No se justifica una cantidad tan elevada exigida de garantía de los perjuicios, dado que según las partes de este recurso solo afecta solamente al traslado de 21 árboles, permitiendo además la nueva modificación del PGOU poder plantar nuevas especies y elementos vegetales que por sus características y ubicación mejoren la puesta en valor de este espacio urbano", asegura.

Por último, y en la misma línea, afirma que "nada impide, o al menos no se hace alusión por la demandada, que pueda realizarse la urbanización de la Plaza quedando pendiente el traslado del arbolado en el caso de que la sentencia sea desfavorable a los recurrentes, de manera que finalizada la tramitación procesal en el caso de que fuera favorable se procedería al traslado del arbolado, que según la documentación de la demandada es meramente de 6.300 euros".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN