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Huelva

Tharsis recurrirá esta semana ante el Supremo el fallo del TSJA sobre su segregación

El alto tribunal andaluz estimó el recurso presentado por la Asociación por Alosno, un "varapalo" a las aspiraciones de ser un municipio autónomo

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  • Ayuntamiento de Tharsis. -

La Entidad Local Autónoma (ELA) de Minas de Tharsis (Huelva) presentará esta semana, junto al Ayuntamiento de Alosno y la Junta de Andalucía, el recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), tras pronunciarse el mes pasado contra su segregación del municipio matriz (Alosno) al estimar el recurso presentado por la Asociación por Alosno.

Así lo ha indicado a Europa Press el alcalde de la entidad, Lorenzo Gómez (PSOE), señalando que tienen de plazo hasta el 10 de diciembre para la presentación del mismo y que esperan que sea admitido a trámite tras el "varapalo" de la sentencia del TSJA.

En este sentido, y tras el fallo del alto tribunal andaluz, Gómez anunció la presentación de este recurso al suponer este fallo "un palo histórico para el pueblo" y, si es admitido a trámite, estima que "habrá sobre un año o año y medio más de procedimiento".

Tras este fallo del TSJA, Gómez indicó que, aunque respetaba la decisión del tribunal, consideraba que el fallo era "carente de argumentos" ya que "no se valora en profundidad los argumentos que todas las partes han expuesto", destacando que la sentencia "no discute la trama económica ni de reparto ni nada" sino que "habla de que el pueblo no tiene 5.000 habitantes", algo que no comprendía "ya que de los otros siete pueblos segregados en Andalucía, el segundo más grande era Tharsis".

En este sentido, Gómez apuntó que el TSJA se fijaba en unos argumentos que la ley a la que se acogieron para ese procedimiento "no contempla" y que "ni la misma Asociación por Alosno lo argumentaba en su recurso".

Por esto, subrayó que no comprendía que el fallo se basara "exclusivamente" en el punto de los habitantes y que no discutía "ningún punto más como la delimitación territorial, el reparto económico o las causas culturales. Eso lo da por válido".

LA SENTENCIA DEL TSJA

Según rezaba la sentencia, estimaba el recurso presentado por Asociación por Alosno ya que "se mantiene en la demanda el incumplimiento del requisito de población, al menos 5.000 habitantes exigido en el artículo 13.2 de la Ley 7/85 para la constitución de nuevos municipios".

Del mismo modo, señalaba que "en el caso de autos, no existía reconocido en el momento de la entrada en vigor de la Ley 27/13, ningún derecho a la creación del nuevo municipio, sino que no era más que una mera expectativa de la ELA la creación de un nuevo municipio por segregación, pero para ello debía apreciarse el cumplimiento de todos los requisitos legales, y sin que deba olvidarse que la creación de un nuevo municipio por segregación, tenía la consideración de carácter excepcional, en el art.93.2 de la Ley de Autonomía Local de Andalucía".

Además, remarcaba que "al no haber nacido el derecho, sino tan solo existir una mera expectativa" se recogía que "no puede entenderse que existe una aplicación retroactiva de la ley sino precisamente la aplicación de la ley vigente para el reconocimiento de un derecho", como es la creación de un municipio, "declaración que se efectúa estando vigente la reforma introducida por la Ley 27/13 y que resulta aplicable al ser la legislación en vigor en dicho momento".

LUCHA POR LA SEGREGACIÓN

La Junta de Andalucía aprobó esta segregación del municipio de Tharsis de Alosno el 2 de octubre de 2018 en Consejo de Gobierno por el Decreto 182/2018, junto a otros siete municipios andaluces --en el que también se encontraba la localidad onubense de La Zarza-Perrunal--.

Tras ser aprobada, la Asociación por Alosno presentó un recurso contencioso en diciembre de ese mismo año por el que TSJA decidió suspender cautelarmente el decreto de la Junta de Andalucía en tanto que se resolvía el recurso. Esta suspensión cautelar fue confirmada en marzo por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal de Justicia de Andalucía, por auto del 25 de febrero, rechazado los recursos presentados por la Junta y por los ayuntamientos de Alosno y Tharsis contra la medida.

El recurso interpuesto por la Asociación por Alosno aportaba diferente documentación preliminar "para argumentar la situación de menoscabo económico creado en la localidad tras la segregación de Tharsis", señaló la asociación, objetando que el municipio matriz de Alosno "se verá afectado notablemente de forma negativa en la estructura de gastos por habitante que es lo realmente determinante en la viabilidad financiera de un municipio".

El decreto de la Junta de Andalucía sobre la segregación generó cierto clima de crispación entonces tanto en Alosno como en Tharsis con movilizaciones vecinales en uno y otro sentido, pero hay que tener en cuenta que la segregación también contaba con apoyo en el propio municipio matriz.

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