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Almería

Condenan a tres años y seis meses a tres hermanos por una brutal paliza a expareja de uno de ellos

Los tres hermanos se personaron en la noche del 26 de abril de 2012 en el domicilio en el que residía la víctima con su hija

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El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a penas que suman tres años y seis meses de prisión a tres hermanos por injuriar y propinar una paliza a la expareja sentimental de uno de ellos en presencia de la hija menor de edad de ambos. A consecuencia de la "brutal" agresión, la víctima quedó tendida en el suelo, inconsciente.

   La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, impone a R.G., de 33 años y expareja de la mujer, la pena de dos años y dos meses de cárcel como autor de un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género mientras que S.G. y T.G., de 28 y 32 años, deberán hacer frente a una pena de ocho meses de prisión por sendos delitos de lesiones.

   Según recoge la resolución, los tres hermanos se personaron en la noche del 26 de abril de 2012 en el domicilio en el que residía la víctima con su hija, en Cuevas del Almanzora, y, al ver que ella estaba asomada a la ventana, comenzaron "a insultarla" desde la calle con "ánimo claro de ofender".


   La mujer, "asustada", salió de la vivienda con la menor con "la intención de formular una denuncia" contra ellos y, en ese momento, "guiados por el ánimo de menoscabar su integridad física", se "abalanzaron" sobre ella y la golpearon "repetidas veces por todo el cuerpo".

   El juez subraya que, además, le "tiraron del pelo" y la "arrastraron por el suelo" hasta dejarla "tirada, inconsciente". La víctima sufrió un traumatismo craneoencefálico, fractura del tabique nasal y cervicalgia, lesiones de las que tardó en curar 15 días con tratamiento médico y por las que le han quedado como secuelas cicatrices en el rostro con un perjuicio estético "ligero".

   R.G. y S.G aseguraron en la vista oral que sólo se produjo un cruce de insultos entre la mujer y el hermano de ambos, T.G., y atribuyeron las lesiones a un supuesta pelea que ella había mantenido con la actual pareja del primero, de la que, según R.G, "tenía celos", una versión que su compañera sentimental corroboró en sala.

   El magistrado estima probada, por el contrario, la veracidad del testimonio de la víctima que, de manera "persistente, con datos detallados de los hechos y partes médicos que así lo avalan", contó cómo se había producido la agresión, negó haberse peleado con la pareja de su ex novia y que "solo quería vivir tranquila y que la dejaran en paz" tras haber abandonado la prostitución que "ejercía bajo control de R.G.".

   "Las explicaciones dadas por los acusados resultan inasumibles", subraya, al tiempo que remarca que los informes forenses demuestras que las lesiones que sufrió "son compatibles con una actuación conjunta y brutal de los acusados". Destaca, asimismo, la "parcialidad" de la testigo, compañera sentimental de uno de los acusados.

   El fallo impone a S.G. y T.G. una multa de 20 días con una cuota diaria de seis euros por sendas faltas de injurias leves mientras que a R.G. le condena a seis días de localización permanente. Los acusados no podrán acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante tres años y tres meses, y deberán indemnizarle con conjunta y solidariamente con 3.289,74 euros por las lesiones.

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