La Junta de Andalucía ha pedido al Ayuntamiento de El Ejido (Almería) que determine la ubicación concreta de la parcela donde se instalará el nuevo punto de acopio temporal de residuos plásticos.
El Consistorio presentó en la Delegación de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio una solicitud de modificación del PGOU en la que no se incluye la localización de estas instalaciones, lo que "impide a la Administración autonómica una resolución al respecto".
El delegado de Medio Ambiente, Raúl Enríquez, ha señalado que "es imprescindible que el Ayuntamiento de El Ejido determine la ubicación del punto de acopio para que la Junta pueda resolver la autorización ambiental y urbanística necesaria para su puesta en marcha".
Enríquez se ha referido en una nota a los acuerdos alcanzados entre la Administración autonómica, los ayuntamientos, las organizaciones agrarias y de recicladores para abordar diferentes iniciativas que permitan la gestión sostenible de la agricultura intensiva y de los residuos plásticos que genera esta actividad.
En este sentido, el delegado de Medio Ambiente ha destacado "el compromiso de la Junta para dar la máxima prioridad a la resolución de las autorizaciones necesarias para dos nuevos puntos de acopio, uno en Níjar y otro en la zona de Poniente, una vez que se resuelvan las correspondientes licencias municipales por parte de los ayuntamientos implicados en estos proyectos promovidos por la Asociación de Recicladores".
En el ejercicio de sus competencias y para la consecución de los objetivos propuestos en materia de residuos en la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental, el Consejo de Gobierno aprobó, mediante el Decreto 283/1995, de 21 de noviembre, el Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía así como otros instrumentos normativos de desarrollo en la materia.
Posteriormente, para adaptar la legislación a los nuevos instrumentos de gestión desarrollados a lo largo de los últimos años en la normativa ambiental, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, para actualizar los procedimientos y criterios de tutela de la calidad ambiental en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Andalucía fue pionera en la regulación del tratamiento de residuos plásticos, a través del Decreto 104/2000, mediante el cual se otorga la competencia a los entes locales a través de las correspondientes ordenanzas municipales.
Posteriormente, con la derogación de esta norma, su regulación pasó a ser competencia autonómica, si bien está anulada, por sentencia judicial, la posibilidad de que el Consejo de Gobierno pueda acordar, en aplicación del principio de responsabilidad ampliada del productor, la obligatoriedad de financiar por las entidades productoras del plástico, la totalidad de los costes de gestión cuando se conviertan en residuo.