Condenado a 15 años de cárcel por abusar de su hija menor durante siete años

Publicado: 12/10/2024
La sentencia recoge los abusos a la menor, nacida en 2009, desde los seis a los trece años
La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un hombre a 15 años de prisión por agredir sexualmente a su hija menor durante un período de siete años, desde los 6 a los 13 años de edad, aprovechándose de la inmadurez de ella y de su posición de padre.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, lo considera responsable de un delito continuado de agresión sexual por el que, además de la pena de prisión, se le impone la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y la privación de la patria potestad.

Asimismo, se decreta la medida de libertad vigilada por un tiempo de diez años, posterior al cumplimiento de la pena o el tercer grado más la prohibición de comunicar o acercarse a la menor a distancia inferior a 600 metros; la prohibición de ejercitar cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con menores; y el sometimiento durante su tratamiento penitenciario a los programas formativos de educación sexual.

Igualmente, se le condena a indemnizar, en concepto de responsable civil, a la menor en la persona de su madre y representante legal, en la cantidad de 60.000 euros, como resarcimiento por la totalidad de los perjuicios ocasionados.

Se considera probado que el acusado estuvo casado con una mujer al menos desde 2008 a 2022, y fruto del matrimonio nació una hija en 2009.

Desde que la niña tenía seis años hasta mediados de 2022, cuando ya contaba con trece años, el acusado y padre de la referida menor, con el propósito de satisfacer sus deseos lascivos, aprovechando su corta edad e inmadurez de su hija, prevaliéndose de su posición de padre y de la fuerza física cuando lo creía necesario y fuera de la presencia y conocimiento de la madre llevó a cabo actos de carácter sexual con su hija menor.

Entre ellos, tocamientos en la zona genital, penetraciones anales, bucales y vaginales o introducción de dedos en la vagina; masturbaciones activas y pasivas, tocamientos y actos similares. 

© Copyright 2024 Andalucía Información