La Audiencia de Sevilla ha condenado a 24 años y 9 meses de cárcel a Germán C.V., el joven acusado de asesinar de un disparo a su novia menor de edad embarazada en la localidad de El Rubio en febrero de 2023; un crimen cuya autoría reconoció alegando que actuó por un "arrebato", toda vez que en su veredicto, el jurado popular encargado del caso consideró "no probado" que en el momento de los hechos tuviese sus facultades y capacidad de entendimiento afectadas por el consumo continuado de cocaína, extremo que había alegado el autor confeso del crimen.
En la sentencia, fechada el pasado 19 de diciembre y difundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Audiencia condena al acusado a 21 años de prisión y la prohibición durante 15 años de residir o acudir al municipio de El Rubio y de comunicarse o acercarse a la madre de la víctima por un delito de asesinato; a seis meses de cárcel por un delito de malos tratos habituales en el ámbito de la violencia de género; a seis meses más de prisión por un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género; a dos años adicionales de cárcel por un delito continuado de amenazas graves, y a nueve meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas, así como a que, en concepto de responsabilidad civil, indemnice con un total de 91.649,72 euros a la madre de la menor.
En los delitos de asesinato y amenazas graves concurren las circunstancias agravantes de parentesco y de género, pues el jurado popular consideró probado que el acusado "cometió el hecho porque" la menor "era una mujer a la que tenía cosificada", mientras que se le aplica la atenuante de reparación del daño en todos los delitos después de que el acusado consignara 30.000 euros, cantidad que será entregada a la madre de la víctima una vez la sentencia sea firme.
LAS REBAJAS DEL FISCAL
Tanto la Fiscalía como la acusación particular ejercida por la madre de la menor y la defensa del acusado solicitaron la misma pena de 24 años y 9 meses de prisión tras la lectura del veredicto de culpabilidad efectuada por el jurado popular. Eso sí, el fiscal del caso reclamaba inicialmente un total de 42 años de cárcel para el acusado y después rebajó a 25 años de prisión su petición de condena, para reducirla finalmente a 24 años y nueve meses de prisión.
En su veredicto, el jurado popular consideró probado que el acusado mantuvo una relación sentimental con la fallecida, llamada Elia y de 17 años de edad en el momento de los hechos, añadiendo que el encausado "golpeaba e insultaba" a su pareja "con habitualidad, ostentando frente a ella una posición de dominación", como él mismo reconocía en el juicio.
De este modo, y según recoge la sentencia, el jurado consideró probado que, el día 11 de enero de 2023, y "con intención de hacerle daño", el acusado golpeó a la menor en la cabeza y en la cara, dejándole hematomas en los ojos, mientras que, el día 15 de enero de 2023, le dijo "como te pegue un guantazo vas a escupir los dientes", todo ello "con intención de intimidarla".
AMENAZAS PREVIAS DE MUERTE
Ataque "perverso" del acusado El jurado también vio probado que, el día 25 de febrero de ese mismo año, el condenado le dijo a la fallecida, "previo envío de un vídeo en el que exhibe una escopeta, que le va a pegar un tiro a ella y otro al perro, que le va a volar los sesos, que le va a pegar un tiro en la cabeza", tras lo que la sentencia se refiere a los hechos más graves, ocurridos entre las 1,00 y las 4,00 horas del día 27 de febrero de 2023, cuando ambos se encontraban en una parcela de El Rubio "e iniciaron una discusión por motivos que se desconocen".
"En el seno de la discusión", el acusado "cogió una escopeta, se posicionó sobre" su pareja "anulando toda posibilidad de defensa por parte de ésta, quien estaba reclinada en el sofá, puso el cañón de la escopeta a menos de cinco centímetros" de su cabeza y, "con intención de acabar con su vida, le disparó", causando de este modo la muerte de la joven.
Según asevera la Audiencia en esta sentencia, la víctima "no pudo defenderse del ataque perverso del acusado, que, de este modo, se aseguró su ejecución". En su descargo, Germán C.V. alegaba tras reconocer los hechos que "llevaba tomando (drogas y alcohol) todos los días", que "estaba fatal y muy agobiado" y que tuvo un "arrebato" y le disparó "un tiro con la escopeta", si bien el jurado popular declaró no probado que tuviese sus facultades y capacidad de entendimiento afectadas por el consumo de estupefacientes.
La sentencia agrega que el acusado "tenía y exhibía una escopeta, sin tener licencia alguna para el manejo o tenencia de armas", mientras que, en el momento de los hechos, consumía cocaína y alcohol con habitualidad, aunque como ha sido señalado, el jurado no aplicó en este caso la atenuante de drogadicción porque no vio probado en su veredicto que "ese eventual consumo afectara en forma alguna ni a su capacidad intelectiva ni a su valoración de la realidad".