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Zonas azules o de otros colores (I)

Los distintos colores de las líneas pintadas en la calzada (según tipo de reserva) tienen su base en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

Publicado: 16/02/2025 ·
16:07
· Actualizado: 16/02/2025 · 16:07
Autor

José Antonio Jiménez Rincón

Persona preocupada por la sociedad y sus problemas. Comprometido con la Ley y el orden

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Las zonas azules, verdes o naranjas, fueron creadas por los Ayuntamientos con objeto de promover el estacionamiento de vehículos y su rotación en zonas en las que la oferta de aparcamiento no es suficiente para satisfacer la demanda, por ejemplo, en zonas comerciales o administrativas o en zonas residenciales para reservar el estacionamiento de los residentes. Esta es la teoría, aunque la realidad es que en la mayoría de las veces es más un mecanismo de recaudación de los Ayuntamientos que solucionador de problemas para los ciudadanos porque se señalizan en lugares que no tienen nada que ver con zonas comerciales o residenciales, que era el espíritu inicial de estas reservas. Como hemos apuntado antes, las áreas habituales de estacionamiento suelen estar delimitadas por rayas azules, señales verticales y parquímetros, pero algunas ciudades separan las zonas de rotación comercial con las reservadas exclusivamente para residentes que se señalizan con líneas verdes o naranjas y con tasas y tiempos diferentes. Es una manera nueva de recaudar.

Los distintos colores de las líneas pintadas en la calzada (según tipo de reserva) tienen su base en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento General de Circulación, que en su artículo 166 Marcas Viales, “Objeto y clases”, en su apartado 2, dice que “Las marcas viales pueden ser: marcas blancas longitudinales, marcas blancas transversales, señales horizontales de circulación, otras marcas e inscripciones de color blanco y marcas de otros colores”.

Históricamente, en España, las primeras plazas azules aparecen en 1983 en Barcelona, entre el Paseo de Gracia y la plaza de la Vila de Madrid, con el objeto de promover la rotación de vehículos en zonas en las que la oferta de aparcamiento no era suficiente para satisfacer la demanda.


Aunque las zonas azules o de otros colores nacieron como solución al aparcamiento en el centro de las ciudades y zonas comerciales por un tiempo máximo de dos horas, todas suelen tener efecto recaudatorio y enfrentan a las administraciones con los ciudadanos; pues en no pocas ocasiones estas plazas están ubicadas en calles que ni de lejos están en el centro ni obedecen a ningún criterio racional, siendo meras huchas recaudatorias de un dinero fácil, sobre todo cuando se trata de zonas naranjas o verdes. En Cádiz, ya es un abuso por parte de su Ayuntamiento, porque prácticamente todas sus calles o son zonas azul o verde o naranja. Ir a Cádiz es un problema para estacionar. Llegados a este punto, nos preguntamos: ¿son legales las zonas reguladas por las Administraciones Locales mediante una Ordenanza Reguladora de Aparcamiento (ORA)?.

Para conocer esta cuestión, veamos las competencias de los Ayuntamientos en materia de tráfico. El artículo 7º de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que dice en su apartado b): La regulación mediante ordenanza municipal de circulación, de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos, prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad que tienen reducida su movilidad y que utilizan vehículos, todo ello con el fin de favorecer su integración social.

La Ley no determina en qué circunstancias ni cuántas plazas de estacionamiento se podrán dedicar a tales zonas, ni el lugar donde se señalizarán, ni por supuesto, los colores de cada una de ellas para determinar a qué tipo de usuarios afecta. Eso es competencia exclusiva de los Ayuntamientos. Y a veces se acierta y en otras no. De hecho, en San Fernando, la actual prórroga del contrato –en manos de Dornier SA– es la quinta que se acomete desde que la ORA, la Ordenanza Reguladora de Aparcamientos, se pusiera en marcha en el año 2005. Ha habido prórrogas en los años 2015, 2017 y 2019 y 2021.

La última además, en plena pandemia, fue un acuerdo adoptado para compensar el déficit registrado por la empresa responsable del servicio a causa de la suspensión decretada por el Ayuntamiento durante los meses del estado de alarma y el confinamiento.

Concretamente, entre el 15 de marzo y el 9 de junio de 2020 y a partir de los informes elaborados por los técnicos municipales, que cifraban las pérdidas de la concesión durante este período en 47.388,78 euros, y teniendo en cuenta el canon anual que la empresa paga al Ayuntamiento se fijó entonces una prórroga de 10 meses más para la zona azul que expiró el pasado 25 de octubre. Se ignora si actualmente el contrato de la zona azul está o no en vigor. CONTINUARÁ.

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