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Sevilla

Fiscalía defiende la instrucción en Aznalcóllar y carga contra la revisión de Alaya

Avisa de que la Sección Séptima de la Audiencia introdujo "una nueva manera de ver las cosas" en la "escrupulosa" instrucción del caso

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  • La primera jornada del juicio del caso Aznalcóllar. -

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha celebrado este martes la segunda sesión del macro juicio correspondiente a la investigación de la adjudicación de los derechos de explotación del yacimiento minero de Los Frailes, en Aznalcóllar, a la agrupación empresarial México-Minorbis; marco en el que la fiscal del caso ha defendido la labor de la juez instructora Patricia Fernández Franco; que archivó dos veces la causa; ante la "nueva manera de ver las cosas" del tribunal participado por la jueza Mercedes Alaya, instructora inicial de los ERE; que revocó ambos sobreseimientos.

Esta segunda sesión del juicio ha contemplado la contestación a las cuestiones previas planteadas el primer día por las defensas de los 16 acusados, que reclamaron la nulidad del juicio por "vulneración de derechos fundamentales de libertad, defensa e intimidad" y una supuesta "extralimitación de las competencias" de la Sección Séptima de la Audiencia.

Recordemos al respecto que la jueza instructora de la denuncia inicial de Emerita-Forbes Manhattan, la magistrada Patricia Fernández Franco, acordó hasta dos veces el sobreseimiento de la investigación al no apreciar delito, si bien tras los recursos de apelación contra tales decisiones de archivo por parte de las acusaciones particulares, en ambos casos la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, donde figura la juez Mercedes Alaya, instructora inicial de la macro causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos incentivados con fondos autonómicos; accedió a las tesis de las acusaciones ordenando la reapertura de las diligencias.

EL "EXCESO COMPETENCIAL" DE LA AUDIENCIA

Según los letrados de las defensas, en el caso pesa un "exceso competencial" de la Sección Séptima de la Audiencia; "puesto que en el primer auto de sobreseimiento del Juzgado de Instrucción número 3 en 2015 se decía que el procedimiento había sido el correcto y que no se había acreditado que las actuaciones fueran tendentes a beneficiar a Minorbis" en la valoración de las ofertas; mientras respecto al segundo auto de sobreseimiento, también revocado por la Sección Séptima; señalaba que no había "indicios ciertos sobre delitos denunciados, más allá de genéricas referencias de meras irregularidades".

Al respecto, la fiscal del caso, cuya instancia solicitó ambos sobreseimientos de la causa y ha pedido la absolución de los 16 acusados; ha defendido que la magistrada Patricia Fernández Franco, desde el Juzgado de Instrucción número tres, "cumplió escrupulosamente con las diligencias" investigación, resolviendo dos veces archivar el caso, pero "la Sala Séptima hizo un nuevo razonamiento, una nueva manera de ver las cosas".

"Cuando revocan el segundo auto de sobreseimiento, la magistrada instructora se vio en una tesitura difícil y se vio abocada a dictar un auto de procedimiento abreviado", ha manifestado la fiscal, asegurando que la magistrada Patricia Fernández Franco siempre tuvo un "control exhaustivo" de la investigación.

NO VE VULNERACIÓN DE DERECHOS 

De otro lado, la fiscal ha negado cualquier vulneración de derechos en las detenciones de los inculpados, reconociendo que las defensas "pueden ver como un poco rigorista ese proceder", pero precisando que "en cuanto declararon, fueron puestos en libertad, con lo que no estuvieron más tiempo de lo debido" en la situación de detención.

Y de la misma manera, la fiscal del caso ha negado las tesis de las defensas respecto a que Emerita, empresa denunciante del asunto, no esté supuestamente legitimada para ejercer la acusación particular y que sólo podría participar como acusación popular; planteamiento que de prevalecer podría hacer decaer la causa porque la Fiscalía no acusa en este procedimiento.

La causa penal deriva de la impugnación de la resolución del concurso internacional promovido por la Junta de Andalucía para adjudicar los derechos de explotación de la mina de Aznalcóllar, cerrada después del conocido desastre medioambiental de 1998, cuando era explotada por la sociedad Boliden-Apirsa (Andaluza de Piritas S.A.).

A LOS TRIBUNALES

Al citado concurso concurrieron la agrupación empresarial México Minorbis, participada por la andaluza Magtel, y Emerita-Forbes Manhattan, siendo adjudicados los derechos de explotación al grupo México Minorbis por decisión de la mesa de contratación.

Tras ser resuelto el concurso, Emerita-Forbes Manhattan elevó a los juzgados una denuncia acusando a la Administración autonómica de haber incurrido en presuntos delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y fraude, alegando entre otros aspectos que su oferta económica superaba ampliamente a la de Minorbis, adjudicataria final de los derechos de explotación.

Entre los acusados del juicio figuran los hermanos Mario e Isidro López Magdaleno, presidente y vicepresidente de la empresa cordobesa Magtel; el expresidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) Vicente Cecilio Fernández Guerrero por su papel como otrora secretario general de la Consejería de Innovación Ciencia y Empleo; la exdirectora general de Minas de la Junta de Andalucía María José Asensio Coto y diferentes funcionarios de la Junta.

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