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Sábado 20/04/2024  

Cádiz

El IFEF abre un plazo de subsanación de solicitudes de 87 autónomos

Las personas interesadas disponen de un plazo de 10 días hábiles que comienza hoy y finalizará el próximo 4 de marzo

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  • Ayuntamiento de Cádiz -

El Instituto de Fomento, Empleo y Formación (IFEF) del Ayuntamiento de Cádiz ha publicado el requerimiento de subsanación conjunto de las solicitudes presentadas para la concesión de subvenciones en apoyo a la situación generada por la Covid-19 en autónomos y microempresas de la ciudad.

El texto completo de dicho requerimiento puede consultarse en el siguiente enlace web: 

https://www.ifef.es/fomento/index.php/emprendimiento/medidas-economicas-covid-19-convocatoria-2021/procedimiento-notificaciones-y-publicaciones

Así, las personas interesadas disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar a partir del día siguiente a esta publicación (esto es, 16 de febrero de 2022) para realizar la subsanación, comenzando el período hoy y finalizando el próximo 4 de marzo de 2022.

El número de solicitudes que se han presentado a esta convocatoria dentro del plazo y a través del medio establecido (artículos 11 y 12 de las Bases Reguladoras) asciende a 384 solicitudes. Y una vez revisadas, y de conformidad con lo establecido en el artículo  13 de las Bases Reguladoras, se requiere a un total de 87 personas y entidades que en ese plazo de diez días hábiles subsanen los apartados del formulario de solicitud que se especifican para cada una de ellas y/o subsanen/aporten Modelo de Declaración de Compromiso en el supuesto de Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles sin personalidad jurídica. En el caso de no hacerlo, se les tendrá por desistidos de su solicitud de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El formulario mediante el que las personas o entidades interesadas efectúen la subsanación habrá de presentarse única y exclusivamente de forma telemática, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cádiz, a la que se puede acceder a través del siguiente enlace: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do[https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do]

La subsanación de la solicitud en ningún caso supone la obtención de la condición de beneficiario, al estar todas las solicitudes que concurren en esta convocatoria supeditadas a la verificación posterior del cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 3 y 4 de las bases reguladoras, a la evaluación de la solicitud conforme a los criterios y puntuaciones que rigen el procedimiento de concesión, y a las limitaciones presupuestarias de la convocatoria.

De conformidad con el artículo 16 de las bases reguladoras, las solicitudes que resulten admitidas pasarán a pre-evaluación comprobándose previamente el cumplimiento del requisito de estar al corriente de obligaciones con seguridad social, tributarias y ante el Ayuntamiento de Cádiz.

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