La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Chiclana atendió a lo largo del pasado año 2017 un total de 1.560 expedientes de reclamaciones de ciudadanos con hojas de reclamaciones o denuncias administrativas, fundamentalmente sobre telecomunicaciones, con casi el 50 por ciento de las mismas, seguidas de las relacionadas con las compañías eléctricas, la banca y las compañías aseguradoras. En este sentido, indicar que el número de expedientes se ha incrementado respecto a 2016, cuando la cifra ascendió a 1.098.
De esta forma, los temas más reclamados dentro de las telecomunicaciones han sido los cambios unilaterales de condiciones de contratos, los cobros indebidos por cambio de operador, la disconformidad en los servicios contratados y los cargos en factura por estos conceptos. Además, los expedientes han sido remitido, entre otros organismos, al Banco de España, a la Junta Arbitral Provincial, a la Junta Arbitral Autonómica, a la Dirección General de Seguros, a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, al Servicio Provincial de Consumo, al Centro Europeo del Consumidor, etcétera...
Además, durante el año 2017 se ha llevado a cabo un total de 2.581 consultas, coincidiendo en los temas con las reclamaciones, es decir, las telecomunicaciones, terminales móviles, electricidad, seguros, banca, compras en garantía, etcétera... De esta forma, también se ha incrementado el número de consultas respecto al año anterior, en las que se llevaron a cabo 2.303.
Hay que recordar que hace varios años que la OMIC puso a disposición de los consumidores un correo electrónico, a través del cual se pueden realizar consultas y reclamaciones. En este sentido, indicar que el uso de las nuevas tecnologías para realizar consultas sigue creciendo cada año; cuestión que no sucede a la hora de tramitar las reclamaciones, pese a que la ciudadanía cuenta con esta herramienta.
Por otro lado, hay que resaltar que las cantidades devueltas a las personas consumidoras durante el pasado año suponen un total de 124.898 euros, una cuantía que corresponde sólo a los expedientes finalizados durante el ejercicio. No obstante, aclarar que dicha cantidad no siempre es posible contabilizarla, puesto que al remitirse una reclamación al Banco de España, a las Direcciones Generales o a Telecomunicaciones, las resoluciones de dichos organismos son tratadas directamente con las personas reclamantes y no a través de la OMIC.