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UGT impugnará el decreto del juzgado sobre la no adhesión de acreedores al convenio para Pérez Giménez

En función de la respuesta que obtenga entonces UGT a tales demandas, a través del citado recurso de revisión, su gabinete jurídico "analizará las opciones" que se podrán adoptar entonces

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El sindicato UGT impugnará el decreto mediante el que la secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Córdoba ha proclamado este martes que no se han adherido suficientes acreedores a la propuesta de convenio presentada por el administrador único de Laboratorios Pérez Giménez, con lo que, al no prosperar dicha propuesta, esta farmacéutica radicada en Almodóvar del Río (Córdoba) entrará en la fase de liquidación del concurso de acreedores en el que está inmersa.

   En declaraciones a Europa Press, el secretario de Organización de la Federación de Industria y Trabajadores Agrarios de UGT en Córdoba, Pedro Téllez, ha recordado que su sindicato apostaba por la aprobación de la mencionada propuesta de convenio, al que estaba dispuesta a acogerse la sociedad Gesfacor, para mantener la actividad y el empleo, mientras que, en la consiguiente fase de liquidación, la empresa podrá ser vendida al mejor postor, pero ya sin condicionante alguno respecto al mantenimiento de la actividad o la continuidad de los trabajadores, o incluso podrá ser vendida por partes, para así pagar a los acreedores, sin opción ninguna entonces de mantener la actividad ni el empleo.

   Por este motivo y ante la certeza de que, por ejemplo, la Junta de Andalucía, en su condición de acreedor, había solicitado su adhesión al convenio, pero que no ha sido admitida, es por lo que ahora UGT, según ha precisado Téllez, va a impugnar el citado decreto judicial, mediante la presentación de "un recurso de revisión", para que se lleve a cabo "un recuento de las solicitudes de adhesión al convenio, con una relación exacta de los acreedores o procuradores que, en nombre de los primeros, han solicitado adherirse".

   En esa relación, el sindicato espera que se indique "qué solicitudes fueron admitidas y cuáles no lo fueron y los motivos para ello". En función de la respuesta que obtenga entonces UGT a tales demandas, a través del citado recurso de revisión, su gabinete jurídico "analizará las opciones" que se podrán adoptar entonces.

   UGT ha reaccionado así después de que el Juzgado de lo Mercantil número uno de Córdoba, que tramita el proceso concursal de Pérez Giménez, haya emitido este martes un decreto, al que ha accedido Europa Press, en el que se indica, en su parte dispositiva, que "una vez examinadas las adhesiones presentadas, que suponen un 2,53 por ciento del pasivo presentado por el deudor", se proclama que dichas adhesiones "no alcanzan la mayoría legalmente exigida" para la aprobación del convenio, la de que los acreedores adheridos sumen el 51 por ciento de la deuda de la empresa.

   En el convenio propuesto por el administrador único de los laboratorios, Sergio Martínez, se había previsto la venta de la rama productiva de Pérez Giménez, por la que ya había anunciado la presentación de una oferta la sociedad Gesfacor, mientras que Martínez mantendría el control sobre la comercialización de los medicamentos que se fabricaran.

   Sin embargo, tras quedar descartada dicha propuesta de convenio y una vez resueltos por el juzgado los recursos de revisión que pudieran presentarse para impugnar el decreto judicial, se abrirá la citada fase de liquidación del concurso, en la que pueden presentarse ofertas de compra por la empresa, que se vendería en ese caso al mejor postor y, en cualquier caso, sin los condicionantes que recogía la propuesta de convenio ya rechazada.

   A este respecto y con anterioridad, los sindicatos con representación en la empresa, CTA y UGT, manifestaron opiniones contrapuestas, ya que el primero rechazó de plano la propuesta de convenio, siendo partidario de buscar una salida para la empresa y los trabajadores en la fase de liquidación, mientras que UGT entiende que el convenio era la oportunidad para vender la empresa con el compromiso inherente de mantenimiento de la actividad y del empleo, pues, según argumentó, no existe tal garantía en la fase de liquidación.

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