El Supremo confirma que no pertenecen ni al Puerto ni a Defensa ni al Ayuntamiento
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado, finalmente, el recurso extraordinario de infracción procesal y de casación promovido por la Abogacía del Estado, en representación del Ministerio de Defensa y la Autoridad Portuaria de Sevilla, contra las sentencias previas que reconocen a los hermanos González-Mazón Álvarez como legítimos propietarios de la Real Venta Pilín, localizada junto a la base militar de Tablada y cuyos suelos fueron incluidos por el Consistorio en un expediente de expropiación que solo reconocía como titulares afectados al puerto hispalense y el Ministerio de Defensa.
La sentencia, emitida por la sala de lo Civil del Tribunal Supremo y recogida por Europa Press, rememora las acciones judiciales emprendidas por los hermanos González-Mazón Álvarez contra la Autoridad Portuaria de Sevilla, el Ministerio de Defensa y el propio Consistorio hispalense al objeto de que fuese reconocida su titularidad sobre la Real Venta Pilín, ubicada en el número 86 de la avenida de García Morato, junto a la base militar de Tablada y una bolsa de suelos del puerto hispalense. Y es que años atrás y merced al plan de reforma interior 'PR6', el Consistorio impulsó sobre todos estos suelos, incluyendo esta finca en cuestión, un procedimiento de expropiación en el que el Ministerio de Defensa y la Autoridad Portuaria figuraban como los únicos propietarios afectados.
INTENTÓ DE TOMA DE POSESIÓN
En marzo de 2003, de hecho, un equipo de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento hispalense intentó tomar posesión de la finca, aunque la oposición de esta familia impidió tal extremo. Sobre los suelos, de cualquier modo, pesaba un proyecto impulsado por el Ayuntamiento para edificar 320 viviendas protegidas.
Así, el 15 de julio de 2005, el Juzgado de Primera Instancia número once de Sevilla estimó "íntegramente" la demanda promovida por los hermanos González-Mazón Álvarez contra la Autoridad Portuaria, el Ministerio de Defensa y el Ayuntamiento, declarando a esta familia como titular a todos los efectos de la finca correspondiente a la Real Venta Pilín, de 2.703 metros cuadrados. A tal efecto, la misma sentencia ordenaba la segregación de estos terrenos en cuestión. El Puerto y el Ministerio de Defensa recurrieron en apelación a la Audiencia provincial, cuya sección sexta desestimó plenamente tal recurso en marzo de 2006 e incluso impuso las costas a la parte apelante.
PROPIETARIOS "DESDE 1918"
Finalmente, la Autoridad Portuaria de Sevilla y el Ministerio de Defensa, a través de la Abogacía del Estado, elevaron el asunto al Tribunal Supremo mediante un recurso extraordinario de infracción procesal y de casación, aunque tal recurso ha sido nuevamente desestimado por el TS, que ha condenado a estas administraciones a pagar las costas del procedimiento judicial. Porque según la sentencia del TS, ya la primera sentencia del Juzgado de Primera Instancia número once, con acierto, consideraba "acreditado" que esta familia en cuestión posee la Real Venta Pilín "desde 1918", mientras el fallo de la Audiencia provincial alude incluso a un "contrato" firmado en 1957 entre el padre de estos hermanos y el propio Ayuntamiento de Sevilla.