El Tribunal Supremo ha rebajado de cuatro a dos años de cárcel la condena impuesta a una mujer que se apropió de los 787.000 euros de la pensión de invalidez otorgada a su marido, después de que sufriera un grave accidente de tráfico que le dejó con un 95 por ciento de minusvalía. La acusada gastó con su nueva pareja parte del dinero de la pensión.
El Supremo ha estimado el recurso que presentó Catalina P. contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava, que le condenó a cuatro años y tres meses de prisión por un delito agravado de apropiación indebida y otro de incumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a su condición de tutela. Además, le ordenó devolver 694.984 euros a la víctima.
La Sala de lo Penal ha anulado la agravante por abuso de relaciones personales porque la "formal" existencia del matrimonio determinó que la acusada actuara como guardadora de hecho y tutora, aunque "difícilmente" puede hablarse de relaciones personales entre ellos.
La sentencia, con ponencia del magistrado Carlos Granados, declara probado que la pareja se casó cuando contaban con 21 y 22 años de edad. Diez años después, en octubre de 1999, el hombre comentó a un compañero de trabajo su intención de consultar con un abogado su separación matrimonial y le contó el reciente incidente que había tenido cuando una vecina le dijo que su mujer le engañaba con su esposo.
Poco después, el hombre sufrió un gravísimo accidente de tráfico cuando acabó su jornada laboral y el vehículo, en el que viajaba de copiloto, impactó con un camión. El choque le provocó un 95 por ciento de minusvalía y secuelas intelectuales, precisando de la ayuda de terceras personas y siendo ingresado en una residencia.
BESABA A SU NUEVA PAREJA DELANTE DEL MARIDO
La acusada comenzó visitándole una vez casi todas las semanas, pero pronto empezó a "poner excusas", a sustituir sus visitas por llamadas telefónicas, llevando ocasionalmente a los hijos a verle y prohibiendo a los padres y a las hermanas de su marido que le sacaran de la residencia, ni siquiera en Navidad.
Cuando ocasionalmente acudía a la residencia lo hacía acompañada de su nueva pareja, a quien besaba delante de la víctima y "haciendo comentarios sobre lo que habían hecho y los lugares donde habían estado, lo cual provocaba la irritación" de su marido.
En 2001, la acusada compró una vivienda familiar en Almuñecar, la puso a su "exclusivo" nombre y se fue a vivir allí con su nueva pareja. Amuebló el domicilio sin tener en consideración la discapacidad física de su marido, a quien trasladó a una residencia de ancianos contra el criterio de los psicólogos.
Tras constatar que la acusada destinaba la pensión a su uso personal, desatendió sus deberes de tutora como llevarle ropa o abonar la estancia en la residencia, la directora del centro denunció la situación de "desamparo" del paciente en un Juzgado en 2007. En aquella época, el hombre se encontraba aislado socialmente y se mostraba triste con baja autoestima y pesimista, según la resolución.
Una hermana de la víctima también denunció a la mujer y el Juzgado decretó la remoción de la acusada por haber incumplido los deberes de su cargo de tutora. El nuevo tutor trasladó de nuevo a la víctima a una residencia adecuada a sus necesidades e instó la declaración de divorcio del matrimonio.