El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente el recurso presentado por una vecina de Vigo y por la Fiscalía contra la sentencia de un contencioso administrativo de la ciudad, que rechazaba la reclamación presentada por vulneración de derechos debido a la contaminación acústica generada por los eventos navideños organizados por el Ayuntamiento olívico, condenándolo a indemnizar a la demandante en 600 euros y a tomar medidas para "evitar la reiteración de su conducta lesiva".
En su resolución, del pasado 29 de mayo, el alto tribunal gallego expresa su desacuerdo con la sentencia del contencioso administrativo de Vigo, en lo referente a la continuidad y prolongación de la contaminación acústica soportada por esta vecina, o en la consideración de que los niveles de ruido no desbordaron los límites legales (o lo hicieron puntualmente).
"El ruido padecido por la apelante tuvo carácter persistente ya que su continuidad perduró (en los horarios permitidos) prácticamente dos meses", señala el TSXG, que añade que ese ruido fue "intenso".
Con todo, la estimación del recurso es parcial, ya que no abarca la cantidad total de la indemnización pretendida.