Anulan las escuchas del caso de policías de Mijas acusados de aprovechar su condición para traficar

Publicado: 20/12/2012
La Sección Primera señala, en un auto, que en este caso "lamentablemente, no se aportaron a las actuaciones en ningún momento los testimonios referidos, lo que ha impedido un control y conocimiento de la legalidad, adecuación, fundamentación y proporción de la medida"
La Audiencia de Málaga ha anulado las escuchas telefónicas y otras pruebas extraídas a raíz de las mismas en la causa en la que están acusados varios policías locales del municipio malagueño de Mijas por aprovechar su condición de agentes para traficar con drogas. La Sala estima que no se han incorporado los documentos que justificarían las intervenciones telefónicas realizadas en otra causa, de las que derivaron las actuales y el inicio de este procedimiento.

   Así, el Tribunal estima la cuestión previa planteada por todas las defensas de los acusados, las cuales alegaron nulidad de las actuaciones, al indicar que las escuchas existentes en esta causa proceden de otras llevadas a cabo en un caso distinto, sin que se hubiese incorporado en este procedimiento, en el que están acusados cinco policías y una persona más, testimonio de las mismas ni oficios ni resoluciones judiciales que las autorizaron.

   La Sección Primera señala, en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, que en este caso "lamentablemente, no se aportaron a las actuaciones en ningún momento los testimonios referidos, lo que ha impedido un control y conocimiento de la legalidad, adecuación, fundamentación y proporción de la medida". Además de las escuchas, declara nulos seguimientos y vigilancias, entradas y registros llevados a cabo y las declaraciones de algunos de los ahora acusados.

   En este sentido, la Sala señala que para este enjuiciamiento "no contamos ni con los oficios policiales ni con los autos autorizantes dictados en aquellas diligencias" de las que procede este caso, "ni desde luego con las transcripciones, soportes, DVDs, cotejos o adveraciones realizadas ni testimonio alguno al respecto". Se apunta que "ni siquiera" se ha podido conocer con certeza "lo ocurrido con las diligencias anteriores instruidas en otro juzgado.

   La Audiencia hace referencia a un acuerdo del Tribunal Supremo, apuntado por las defensas en las cuestiones previas, en el que se unificó doctrina; y recuerda que dicho Tribunal ha declarado en ocasiones que cuando una intervención telefónica tiene su fundamento en otra anterior de un procedimiento distinto "es necesario que consten en las diligencias los testimonios completos relativos a la cadena de solicitudes y autorización judicial".

ACUSACIÓN

   Según el escrito provisional de la Fiscalía de Málaga, los cinco agentes acusados, que fueron detenidos en noviembre de 2009 y suspendidos a raíz de este procedimiento judicial, se aprovechaban de "su condición de funcionarios de la Policía Local de Mijas, la posibilidad de utilización de uniformes, armas, documentos y vehículos oficiales". El fiscal señala que usaban la información recibida "en su función de reprimir la delincuencia".

   Con esto, supuestamente, se presentaban de forma sorpresiva y "sin ponerlo en conocimiento de sus superiores e intentando eludir todo control por parte de éstos" en operaciones de desembarco o tráfico de droga y provocaban la huida de los narcotraficantes, que abandonaban el alijo. Así, "podían apropiarse y lucrarse con el producto de su venta", según señala la acusación pública, que precisa el supuesto papel de cada uno de los cinco agentes.

   Se les acusa por un delito contra la salud pública y las penas solicitadas para los acusados oscilan entre los seis años y nueve meses de prisión para el principal procesado, considerado por la acusación pública, el responsable del grupo, y los cuatro años de cárcel para el acusado que no es agente. Además, para los policías, tanto el fiscal como la acusación particular, en representación del Ayuntamiento de Mijas, piden 20 años de inhabilitación.

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