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Condenan a cinco y tres años a dos hombres por robar el bolso a una mujer que estaba en un coche

Los acusados se acercaron a la víctima haciéndole creer que iban a hacerle una pregunta

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La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia dictada por un juzgado de lo Penal en la que se condenó a un hombre a cinco años de prisión y a otro a tres años y medio por robar el bolso a una mujer que estaba en el interior de un coche. Así, la Sala desestima el recurso presentado por uno de los acusados.

   Los hechos sucedieron en mayo del pasado año. Según se declaró probado, los dos acusados, uno de ellos con antecedentes penales por delitos de robo con violencia e intimidación, fueron en el coche de la madre del segundo, conduciendo éste, desde Fuengirola (Málaga) hasta la capital.

   Así, en la zona del Limonar, el conductor se quedó esperando en el vehículo; mientras que el otro acusado se bajó y se dirigió a un turismo en el que estaba la víctima. Según la sentencia, le preguntó por la ventanilla del conductor, que estaba semiabierta, en qué zona se encontraba, tras lo que intentó abrir la puerta.

   El juzgado consideró acreditado, según recoge la resolución de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que en ese momento el hombre esgrimió una navaja en su mano e intentó introducirla por la ventanilla; mientras la mujer comenzó a presionar el claxon del vehículo.

   Tras varios intentos, el acusado logró arrebatarle el bolso y salió corriendo hasta el coche donde le esperaba el otro hombre, huyendo ambos del lugar. No obstante, fueron detenidos poco tiempo después por agentes de la Policía Nacional, que intervinieron en el vehículo dos navajas y una tarjeta de crédito de la víctima.

   Por estos hechos, se condenó a los dos por un delito de robo con violencia e intimidación en las personas con empleo de arma y se le impuso a uno cinco años de prisión y al otro, el conductor, tres años y medio de prisión al estimarle la atenuante de drogadicción. Además, deberán indemnizar a la víctima con 1.500 euros.

   La Sala rechaza el recurso de apelación, asegurando que se cumple el requisito de motivación en la sentencia. Además, apunta que el testimonio de la víctima es prueba de cargo suficiente para enervar el principio de presunción de inocencia, apuntando que la mujer reconoció sin dudas al acusado en el juicio.
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