La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena de multa impuesta a un hombre por negar la entrada a su taller a una subinspectora de trabajo, para hacer una inspección, tras recibirse una denuncia de que había personas empleadas de forma irregular. Así, se desestima el recurso de la defensa.
El relato de hechos de la sentencia inicial sí ha sido modificado por la Audiencia, según la resolución de la Sala, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que se señala que una subinspectora de la Delegación de Tráfico y Seguridad Social de Málaga se personó en el local, ubicado en la localidad malagueña de Mijas.
El objetivo era realizar una inspección, dentro de una campaña para llevar a cabo este tipo de acciones en talleres y tras haberse recibido una denuncia anónima que informaba de que allí estaban trabajando varias personas "que no estaban dadas de alta en la Seguridad Social y percibían prestaciones del Estado".
Al pedir la subinspectora que el denunciado se identificara y le permitiera la entrada al taller éste "se negó reiteradamente", dice la sentencia, que ratifica la condena por una falta de desobediencia a la autoridad y la pena de multa de 60 euros. La decisión del juzgado fue recurrida por error en la valoración de la prueba.
La defensa alegó que el lugar donde pretendía acceder la subinspectora no era el taller sino una cochera privada, ante lo que el denunciado entendió que no estaba obligado a permitir la entrada; añadiendo que no estaba acreditado que la mujer se identificara previamente.
Pero el Tribunal entiende que los argumentos quedan "desmentidos" por la declaración de la subinspectora y de un agente de la Guardia Civil que acudió al lugar. Así, se concluye que "basta constatar la existencia de una negativa a identificarse ante una agente de la autoridad que actuaba en el legítimo ejercicio de sus funciones para que se cometa la falta de desobediencia".