El tiempo en: Sevilla

Provincia de Granada

Condenan a internamiento psiquiátrico penitenciario a un paciente de salud mental que abusó de otra

El tribunal le atribuye, después de que el procesado reconociera las acusaciones, un delito continuado de agresión sexual con la concurrencia de la eximente incompleta de enajenación mental

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a tres años de internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario a un paciente del centro de salud mental de Alfacar (Granada) por abusar sexualmente allí de una joven de 26 años diagnosticada de esquizofrenia y trastorno de inestabilidad emocional de personalidad.

   El tribunal le atribuye, después de que el procesado reconociera las acusaciones, un delito continuado de agresión sexual con la concurrencia de la eximente incompleta de enajenación mental, y le impone, además del internamiento, la prohibición de aproximarse a su víctima, a la que deberá indemnizar con 3.000 euros.

   Según se considera probado en el fallo ahora emitido, al que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, de iniciales J.E.D.V., de 32 años, está diagnosticado de trastorno límite de personalidad entre otros padecimientos mentales, y fue admitido como paciente en la comunidad terapéutica de Salud Mental del Hospital San Cecilio de Granada en la localidad de Alfacar, donde coincidió con la joven.

   En el centro, mantuvo una conducta repetida "de agresión física y verbal" contra sus cuidadoras y compañeros, actitud que llevó a la misma a sentir "temor hacia él", ya que además sufrió insultos en ocasiones por su parte.

   El inculpado, "con intención de satisfacer sus deseos lúbricos", al menos en dos ocasiones en el mes de junio de 2009, aprovechó que se encontraba a solas con la joven en los servicios de la planta baja del centro para obligarla a realizar ciertas prácticas sexuales, agarrándola con fuerza del cuello hasta hacerle daño para vencer su resistencia.

   Como consecuencia de los hechos, se ha generado en la víctima una desestabilización de su psicopatología previa, y ésta ha aumentado con mayor grado de alerta y miedo ante ruidos mínimos o habituales, o ante la posibilidad de presencia o referencia del acusado, con trastornos de sueño y pesadilla.

   Según los magistrados, el procesado tiene un retraso mental leve y epilepsia y, a consecuencia de sus trastornos mentales, tiene mermadas aunque no anuladas sus capacidades de conocer la realidad y determinarse conforme a tal comprensión, y fue declarado judicialmente incapacitado asumiendo su tutela la Fundación Granadina de Tutela.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN