Entre las muchas calamidades sufridas en aquella incipiente Isla de León desde sus albores hasta la llegada del actual siglo XXI, se citan las incontables incursiones y razias de piratas procedentes de berbería e incluso de aquellos bárbaros normandos o pueblos del norte de Europa, conocidos por vikingos que llegaron en sus incursiones hasta la propia ciudad de Sevilla para saquearla, a través del Río Guadalquivir, cuando corría aproximadamente el siglo XI.
También más modernamente se cuenta la visita por estos lugares de aquellos portugueses resultantes de la batalla de Aljubarrota (los populares chamorros; o echa moros), quienes destruyeron el puente y el castillo del Logar de la Puente a finales del siglo XIV. Y las famosas incursiones, invasiones y ataques anglo-holandeses de los años de 1587, 1596 y de 1625, de desastrosas y funestas consecuencias para nuestra zona.
De las diversas epidemias de toda clase de malignas enfermedades, las cuales asolaron la zona cubriéndola de muerte y desolación (pestes, tifus, viruelas, cólera, fiebre amarilla, etc) entre otras funestas calamidades, destacó de entre tantas desgracias, aquel famoso y aciago maremoto conocido en la historia por el de Lisboa acaecido el día 1 de noviembre de 1755, cuyas embravecidas aguas trasformaron la por entonces fisonomía de nuestra costa atlántica de ricas y fértiles huertas y haciendas, en estériles marismas yermas.
Incluso cuentan relatos de la época que, al desbordarse el caño de Sancti Petri, sus aguas llegaron hasta la altura y mitad de las calles Dolores, Santiago, San Cristóbal, entre otras, y sus transversales, amén de diversos huracanes y otros desastres climatológicos. Sin olvidar todo tipo de guerras, revueltas e invasiones sufridas en nuestra zona, especialmente durante la guerra de la independencia española contra la Francia napoleónica y la ocupación de dicho ejército francés en este caso al mando del duque de Angulema y sus cien mil hijos de San Luis, que no fueron tantos como se cuenta, durante el periodo comprendido entre los años de 1823 al 1828.
Pero entre tantos desastres y desgracias sufridas en el devenir del tiempo durante la historia de nuestra ciudad, quisiera destacar y centrarme en el presente artículo, por sus resultados hacia nuestra sociedad, en uno en especial y del cual tratará el presente estudio. Me refiero a la gran epidemia de fiebre amarilla o vómito prieto, acaecido en el verano del año de 1800, aunque de epidemias y sus funestas secuelas, está sobrada y jalonada nuestra historia local antes y después de esta que citaremos a continuación.
En primer lugar, definir qué es la fiebre amarilla. Esta enfermedad queda comprendida dentro del grupo de las tifoideas. Se la conocía también como vómito prieto o negro, tifo amarillo, pestilencia hemorrágica, o mal de Siam. Se caracterizaba, por los siguientes síntomas: fuertes dolores y calenturas de modo continuado en la cabeza, el color de la piel se tornaba amarillento al igual que las conjuntivas de los ojos, e iba acompañado de vómitos de color negruzco y de hemorragias de tipo pasivo.
Cuentan que el foco iniciador de aquel mal, provino de tres goletas cuyos nombres eran Delfín, Águila y Júpiter, las cuales arribaron al muelle de la ciudad de Cádiz, procedente de Sudamérica, allá por el mes de junio del año de 1800, produciéndose ya en dicho mes las primeras víctimas del citado brote epidémico en el gaditano barrio de Santa María.
Al parecer entre los meses de agosto a octubre de aquel aciago año de 1800, dicha epidemia asoló la comarca de la bahía de Cádiz, dejando tras de sí un reguero de muerte y desolación. Fue en el mes de septiembre, en el que mayor número de víctimas mortales se contabilizaron.
El presente estudio trata de las repercusiones de dicha epidemia sobre la comunidad de la Real Villa de la Isla de León, pues el tratar de abordarla más ampliamente sería una ardua y dilatada labor, más propia de un interesante trabajo sanitario y literario digno de abordar y de publicar por expertos de renombre y prestigio, de los que por suerte contamos dentro de nuestra sociedad.
Los primeros datos oficiales que constan en el libro Nº 35 de cabildos o actas capitulares de nuestro ayuntamiento de la actual ciudad de San Fernando del año de 1800, se reflejan en numerosas sesiones, mediante un alubión de datos relativos a dicha epidemia, de las cuales y de forma abreviada se detallan los más interesantes extractando los siguientes:
Cabildo de fecha 23.07.1800. “En este se comenta de la urgente necesidad de proveer a nuestra Real Villa de abundante cantidad de nieve, tan necesaria para medicar a sus numerosos enfermos y aliviar los síntomas sufridos por éstos, que aún sin lo grave de la estación, en el día experimentan”. Se acordó comisionar a los señores Juan Serrana y Juan Gil, para que dispongan la conducción desde Cádiz hasta nuestra Real Villa, de algunas cortas porciones de nieve, capaces y bastantes al socorro del diario sustento, hacia dichos enfermos, y que las coloquen en los parajes convenientes para su conservación. En nuestra hoy ciudad y hasta mas allá de mediados del pasado el siglo XX, existió en la actual Calle de Tomás del Valle una popular fábrica para elaborar nieve; por dicho motivo a esta vía se la conoce como Calle de la Nieve y también como de San Guillermo.
Cabildo de fecha 22.08. En este se da cuenta de las noticias que corrían por nuestra Real Villa, sobre la aparición en la misma, de repentinas y abundantes enfermedades, que se experimentan en la ciudad de Cádiz, resultando de ellas, un extraordinario número de muertes. Debiéndose recelar a ser trascendentales a este vecindario por la inmediación de aquella plaza, e indispensable comunicación de unos y otros moradores, por cuyo motivo se hacia preciso precaver con las oportunas providencias, las funestas consecuencias que le puedan acaecer a este común de vecinos. Y, a este intento acordaron ante todas las cosas, que inmediatamente se pase oficio al teniente corregidor de la consabida ciudad de Cádiz, para que se sirva informar el juicio que hallan formado los médicos de ella, en orden a las inferidas enfermedades como igualmente, las providencias gubernativas que se hallan dictado, para contenerlas y remediarlas. Y verificadas sus resultas, se celebre junta por todos los facultativos existentes en esta Real Villa para que con conocimiento, de los antecedentes indicados, confieren lo conveniente y propongan las precauciones, que deban de adoptarse, para remedio de los daños, que puedan proferirse en perjuicio de la salud pública, a cuyo intento se pase el oportuno oficio al capitán general de marina de este departamento, a efecto de que se expida la orden más eficaz a los médicos y facultativos de los respectivos cuerpos de su mando, para que concurran a la formación de dicha junta, con los sujetos a esta jurisdicción. Estrechándole a su mas pronta ejecución de lo urgente e interesante del asunto. Y en consideración a que mucho podría contribuir a la conservación de la salud, el aseo y limpieza del pueblo. Acordándose también el prohibir enteramente no solo que anden, ni pasten por nuestras calles, ganado de cerda alguno, ni también en las casas y demás parajes del pueblo. Recogiéndose cuantos de estos animales se encuentren y depositándose en un corral que para ello se busque y proporcione. Imponiéndose por parte del juez presidente a sus dueños, aquellas penas más rigurosas que estime convenientes a contener el desorden, que se experimenta con semejante abuso en prejuicio de la causa pública. Encargándose a los subalternos y ministros de este juzgado vigilen su observancia, y denuncien cuanto se encuentren en cuyo encargo quedan también los caballeros capitulares de este ayuntamiento. Y mediante a que no han sido bastantes los repetidos bandos y providencias de buen gobierno, publicados para hacer observar el aseo y limpieza de las calles, cuyos escombros e inmundicias pueden contribuir al fomento de enfermedades, conviniendo precaverlo por cuantos acordaron asimismo, que dichos caballeros capitulares divididos en cuarteles (barrios o distritos), reconozcan e inspeccionen el pueblo, y dispongan que por los vecinos inmediatos a los sitios en que se hallen basureros, los reparen y limpien, sin cuyo perjuicio y con respecto a que estos y la falta de limpieza de las calles, procede de los escombros que se arrojan de las casas, por carecer sus vecinos e inquilinos, de criados o personas que los extingan y conduzcan, a parajes distantes del pueblo que no irrogue perjuicios. Lo que sin duda y con utilidad del común podrá remediarse con el establecimiento de carros de limpieza que, sostenidos con aquellas cortas contribuciones semanales, que hagan los vecinos mismos, lo ejecuten a fin de que pueda tener efecto este importante servicio. Asimismo, acordaron se convoque por medio de edictos que se fijen en los sitios públicos, y acostumbrados de estas, para que a todas y cualquiera de las personas, que quisieran hacerse cargo para siento a dicha limpieza, comparezcan a hacer las propuestas que les acomode para en su vista, acordar en la materia lo que se estime conveniente y así se deliberó.
Cabildo de fecha 26.08. En este cabildo se leyeron literalmente los dictámenes formalizados por los médicos existentes en esta Real Villa, resultante de la junta que han celebrado en consecuencia de lo acordado por este ayuntamiento en el día veinte y dos del corriente, e instruido este magistrado de los contenidos de la exposición del protomédico de la Real Armada Joseph de Salvareza, que ha remitido el teniente corregidor de la plaza de Cádiz, y de los que aparece de la copia del oficio del ministro de marina de aquella plaza que ha pasado el intendente al juez presidente (alcalde mayor) y con respecto a lo informado en este auto, por el propio alcalde mayor en razón de las propuestas, que se han hecho por la junta del departamento celebrada en este día, acerca de las precauciones que deben de tomarse, para evitar la propagación de las enfermedades epidémicas que se padecen en la plaza de Cádiz, a cuya Junta ha concurrido. Suplica por aviso del capitán general en inteligencia de todo, y debiéndose tomar por este magistrado las mas serias y eficaces providencias, bastantes a redimir a este vecindario, de los considerables perjuicios que se le puedan causar, o se hiciese trascendental a el, la referida epidemia. Acordaron que, por medio de edictos, se publiquen y fijen anuncios al público, las disposiciones que desde luego se adoptan al indicado intento que son las siguientes:
Primeramente, esperándose que los médicos y cirujanos, procediendo con las más activas diligencias y fervoroso afecto de caridad en el socorro de todo menesteroso, abrazaran el cuidado y molestia de dar cuenta del parte todos los días de los respectivos enfermos que visiten al gobierno de esta Real Villa, por medio de los caballeros capitulares que por cuarteles se señalaran, y se nombran desde luego de la siguiente manera:
Para el barrio de las callejuelas del Carmen y Calle Real, hasta su Plaza, con sus calles colaterales, al caballero regidor Juan José Cayzac.
Para el barrio de la iglesia mayor, con inclusión de los barrios de Lorión y del Hospital, al caballero diputado Antonio de la Cruz.
Para el barrio de la Pastora, Calle de la Carraca, Placilla Vieja y Calle Real hasta la Plaza de la Iglesia mayor, al regidor vitalicio y decano Juan de Malpica y Vermolen.
Para el barrio de Vidal, hasta la Calle de San Juan de Dios inclusive, al regidor bienal Felipe del Cueto.
Por último, para el barrio del Monte y Olea, se nombran a los caballeros diputados, Antonio Jiménez y Juan José de la Vega.
Y mediante a que había muchas personas que por sus cualidades no podrán pasar al hospital de San José para su curación, para que los de esta clase tengan el consuelo de no carecer de auxilio para ella, se les costee del fondo de propios las medicinas y carne para los pucheros que necesiten y acreditándose su necesidad total e indigencia con certificado del cura párroco o de los tenientes y del facultativo encargado de su curación, con papeletas del caballero capitular de sus respectivos barrios, quienes las facilitaran en las boticas de los señores Andrés Cortés y Francisco García. Lo mismo se ejecutará con las carnicerías correspondientes, las que se mantendrán abiertas por la mañana hasta las doce y por la tarde hasta las 10 de la noche.
Los referidos caballeros comisionados se encargarán del aseo de nuestras calles y aun de las casas de los pobres, para que las primeras se mantengan higiénicas y se frieguen frecuentemente con aguas puras y frescas mezcladas con vinagre y se ventilen y rieguen también las segundas convenientemente, sin que se consientan ni dejen sin castigo las infracciones más leves, que consisten en arrojar inmundicias a dichas calles. En igual forma han de proporcionar en las plazas y demás sitios anchurosos, algunas candeladas de otras materias, que son a propósito para enrarecer la atmósfera y perfumar la población, y preservando a sus habitantes de todo mal. Por otra parte, se hace saber, por parte de la propia prohibición, se saquen por las noches por nuestras calles las vacas que poseen todos nuestros vecinos, y que estos sepan que serán severamente corregidos en el caso de incumplirlas, y a las bestias que perdiendo su mansedumbre se traiga a su dueño, para realizar este algún servicio notoriamente satisfactorio al vecindario.
Los vecinos que a pesar de la falta de proporciones y de lo que se prescribe en los autos de buen gobierno, acopian cerdos para criarlos o para el consumo de sus propias casas, no podrán tenerlos en manera alguna de aquí en adelante por cuanto perjudican el aseo y limpieza de la población. Antes serán encomendados los infractores, hasta que se corrija la puntual observancia que requiera la buena policía y urgente necesidad actual. Particularmente serán castigados con severidad los que pusieren o dejaren dentro del pueblo o en las inmediaciones, los cuerpos muertos de cualquier especie de animales. Y los dueños o administradores de salinas, se dedicarán inmediatamente a proporcionar el refresco de aguas en las mareas, en todos los caños a quienes les falte esta circunstancia, para evitar los vapores de las aguas estancadas que infectan el aire. Entendiéndose que se examinarán las faltas que pudiese haber en ello, para remediarlas a su costa sin dilación alguna. Y tampoco en adelante se permitirán los caños o desaguaderos que salen de varios edificios y de las tenerías a las calles y sitios públicos, en perjuicio de la salud, pues ya se previno en los citados autos de buen gobierno, lo que en el asunto debería practicarse.
Aunque no es conocido el daño en el uso de la fuerza, deberá moderarse precaviéndose el que amenaza de extremar la vigilancia para que no se permita la venta ni el consumo en esta población de los conocidos higos de tuna o chumbos y menos en puesto alguno.
Se deberá de prohibir la entrada en este pueblo, a toda persona enferma o que se halle en estado de convalecencia, con prevención a los carruajeros, arrieros y vaqueros no las conduzcan y que se advierta de que además de ser castigados, no se les admitirán, obligándose a que las restituyan al lugar donde las hubiesen tomado, después de manifestarse el contagio y mediante a que para mejor asegurar una precaución de tanta importancia tiene determinado la junta del departamento, seguir informe del juez presidente, el de cerrar todos los desembarcaderos y que solo quede uno por donde precisamente hayan de entrar en esta Real Villa, las personas que a ella vengan conviniendo el más a propósito sea esta el de Caño de Herrera, y desde luego se ponga en este paraje un celador que con el auxilio de tropa, impida la entrada de todo enfermo o convaleciente, y de otro punto de control, en el arrecife (camino o Calle Real) de entrada a nuestra población desde la plaza de Cádiz en el sitio nombrado del Río Arillo, a evitar puedan acceder a nuestra Real Villa por tierra dichos enfermos o convalecientes de enfermedad alguna de la capital. Se acuerda nombrar celadores a Francisco de Bargas (para el de caño de Herrera), y a Josef de Bargas (para el del río Arillo); ambos de este vecindario con el salario cada uno de 10 reales de vellón, que serán satisfechos del fondo de propios del común. Se acuerda por otra parte pasar el oportuno oficio al capitán general de marina de este departamento, a fin de que sirva disponer concurran las partidas correspondientes a dichos dos destinos, como para que expida la orden correspondiente a impedir el desembarco de gentes de dicha clase por los demás caños de este pueblo.
Por otra parte, se acordó la prohibición en nuestra Real Villa de dar sepultura a cadáver alguno sin ser examinado por los médicos de la junta creada para supervisar dicha epidemia.
También dar en concesión al caballero regidor Juan Josef Cayzac, para la construcción de un nuevo cementerio rural (1), también para la construcción de un carro para los cadáveres o mortuorio (el vulgo lo apodó, como el carro de la carne y así se conoce a cualquier vehículo masivamente ocupado por seres humanos). Imagínense la estampa desoladora de aquel carro mortuorio recorriendo nuestras calles isleñas y recogiendo los cadáveres que a su paso encontraba. El amasijo de seres humanos inertes, cuyos miembros sobresalían por sus estribos o costados.
Se comisionó por otra parte al diputado de abastos Antonio Jiménez, se encargase del encendido de hogueras, por todo nuestro pueblo, a fin de purificar el ambiente de este, entre diversas medidas sanitarias y de higiene.
Y últimamente siendo conocido el grave perjuicio que puede seguirse a la salud pública en las actuales circunstancias, los entierros de los cadáveres en las iglesias y cementerios del pueblo según que así lo manifiestan los profesores de medicina, acordaron que por ahora y hasta que varíen dichas circunstancias y cesen los inconvenientes tan graves que tiene esta costumbre, se suspenda por punto general los entierros en los sitios relacionados y se ejecuten en parajes, fuera de la población, y al propósito al intento, y siendo el más útil un pedazo de tierra que está en las inmediaciones a la Casería del Pedroso de este término municipal, se confiere la oportuna comisión al caballero regidor, Juan Josef Cayzac, para que proceda a reconocer dichos terrenos y los demarque, para hallarlos acordes con las circunstancias que se requieren y acordando lo conveniente en su razón, con el derecho de él. Y hecho lo cual se proceda a continuación a su bendición tras su construcción como camposanto, y pueda dársele el destino relacionado para cuya observancia, se pasen los regulares oficios al cura vicario y los venerables padres prior del Carmen y presidente de San Francisco, encargándose dicho caballero comisionado, en la formación de la competente cerca o tapia de dicho terreno y en la preparación de un carro arriero, semejante al que rueda en Cádiz, para la traslación de los cadáveres al referido nuevo cementerio. Costeándose todo del fondo del arbitrio creado para la construcción de la iglesia mayor parroquial, y por lo respectivo a las hogueras que según ya acordado deben de encenderse por todo el pueblo, a los efectos referidos se nombre para la dirección de esta operación y compra de leñas necesarias al intento al diputado de abastos de este común, Antonio Jiménez, cuyo gasto se satisfaga del fondo de propios. De todo lo cual así quedó determinado.
(1) Se acordó construir un nuevo e improvisado cementerio rural, en los terrenos que pertenecieron a los jesuitas y que les fueron a estos expropiados, y cuyo anterior propietario era desconocido. La planta del mismo era rectangular y ocupaba una superficie de 240 varas castellanas cuadradas, perimetrado por un muro y cuya puerta de acceso lindaba con el Camino Real (actual carretera de la batería de la Ardila). Su puesta en funcionamiento fue tan improvisada, que no dio tiempo a ser sacralizado (bendecido católicamente). Este cementerio en la actualidad se presume estar localizado en los terrenos lacustres bordeados por el desaparecido polígono de tiro naval Janer, la carretera de la batería de la Ardila, el centro de exámenes de la D.G.T y la antigua salina de los Tres Amigos. En su interior se dieron cristiana sepultura a más de 4.000 vecinos de aquella Isla (citan 4.000 almas de comunión; sin contabilizar los párvulos), sin distinción de clases ni estatus sociales; ¡Que allegados son iguales…! Hacer constar de que la población de la Real Isla a comienzos del Siglo XIX, alcanzaba la cifra de 10.000 habitantes, por lo cual la mortandad alcanzo casi el 50% de la misma.
Este cementerio rural citado y de improvisada edificación, suplió la necesidad de enterrar a nuestros difuntos de entonces, en los antiguos camposantos parroquiales;,los cuales fueron suprimidos mediante aquella curiosa real cédula fechada el día 3 de abril de 1787, mediante la cual se pretendió separar la ciudad de los vivos, de la de los muertos y establecer las nuevas necrópolis, también por cuestiones higiénico sanitarias. En nuestra por entonces Real Villa, existían diversos cementerios parroquiales, los cuales se localizaban en los siguientes lugares: junto al castillo de San Romualdo y cercano a las capillas de Santa Maria en su interior y de la de San Pedro en los aledaños de la actual Calle de Escaño, sobre la cual cuentan las crónicas, que fue destruida y quemada tras la venida del inglés, en aquel desolador asalto y saco de la zona cuando corría el año de 1596 (en ésta hace unos años apareció una fosa común y algunos restos humanos). Igualmente aparecieron restos humanos procedentes de otra fosa común en la actual Calle Almirante Faustino Ruiz, perteneciente al cementerio de la iglesia vaticana castrense de San Francisco. Otros cementerios existieron junto a la iglesia de Ntra. Señora del Carmen, junto a la iglesia mayor parroquial de San Pedro y de San Pablo, de lo que en la actualidad quedan sus restos en la santa cueva de la misma, también los cementerios pertenecientes a las diversas congregaciones religiosas establecidas en nuestro término municipal. Exceptuando de dichos camposantos citados anteriormente, al llamado “cementerio de los franceses o de la playa de la casería de Ossio” que fue proyectado por el ingeniero español de origen catalán Antonio Pratt, el mismo que proyectó la construcción del teatro de las cortes y su nueva traza como hemiciclo y parlamento, que albergó aquellas celebres cortes de la Real Villa de la Isla de León del famoso día 24 de septiembre de 1810. También y aún existe otro cementerio, dentro del arsenal naval de la Carraca; estos dos últimos permanecieron en funcionamiento hasta el periodo de la II república española.
Cabildo de fecha 29.08. Epidemia: “En este cabildo se hizo presente un pedido del caballero diputado de abastos, Antonio de la Cruz, en que relaciona que en cumplimiento de su ministerio no podía menos que manifestar, que la providencia tomada de asalariar dos hombres para que con el auxilio de tropa, impidan la entrada de enfermos y convalecientes de Cádiz en esta Real Villa, no la considera por bastante para lograr el fin propuesto, graduando indispensable haya tres o cuatro personas, si pudieran ser vecinos de esta, repartiéndose este encargo como carga concejil entre todos, se evitaría el sueldo señalado y habría más individuos que cuidasen y celaran, dándose más a otros el descanso necesario que uno solo era imposible que lo pudiera hacer. Igualmente se hizo presente una representación del médico revatidado de esta Villa Juan Garavito, exponiendo la propagación que se experimentaba en la fiebre epidémica comunicada de la plaza de Cádiz. Solicitando se pusieran en práctica, los medios que se había propuesto más útiles para libertar al pueblo de contagios, no fiando la comisión de impedir las entradas de enfermos ni convalecientes a sujetos que, por ignorancia o soborno, pudiesen impedir el exacto cumplimiento, refiriendo de ello ejemplares que se mandasen dar tres cuartas de carne o para los enfermos por no ser bastante una cuarta a causa, de su mucha debilidad. Que se nombrasen dos médicos con sueldo, que tuviesen como primer objeto, las atenciones de los pobres con varias razones, que vertió en esta materia y últimamente que no se dejase entrar persona alguna de Cádiz en esta población, sin que fuese reconocida por los profesores. También se dio cuenta de otra representación presentada por los maestros de farmacia, Valentín García Blanco, Julián Díaz y Roldán, y Manuel Díaz y Sutil, sobre que se dejase al vecindario en libertad para concurrir por sus medicinas, que le franqueaba la piedad del magistrado a las oficinas que tuvieran por conveniente, sin sujetarse a las dos boticas que al intento estaban señaladas a todo lo que se acordó. Que, respecto a no faltar otras noticias en razón, de lo que se expone en la falta de cumplimiento a lo mandado para evitar la entrada por tierra, de gente enferma o convaleciente, pasase desde luego al destino del arrecife Josef de Bargas, que se halla destinado al propio efecto en el sitio nombrado de caño de Herrera. Quedando por consiguiente Juan de Bargas, que aceptara el primer destino excluido de el. Que, en el embarcadero del caño de Herrera, se colocase a los propios fines, al llamado Rafael Cordero, de este vecindario con el goce de 12 reales de vellón diarios. Y el de Josef de Bargas, con el sueldo diario de 15 reales de vellón. Previniendo a ambos la confianza que merecen a este ayuntamiento para que la desempeñen con celo, y amor a la patria en materia tan interesante.
Que, a cada uno de los enfermos tocados de la epidemia, y pobres de solemnidad se les libre media libra de carne en lugar de la cuarta que se les había señalado, bajo las formalidades y requisitos anteriormente prevenidos y que, en cuanto a la solicitud de los maestros de farmacia, se guarde por ahora lo resuelto con antelación sobre este particular. Que en cuanto a la dotación que se insinúa para los profesores de medicina, no se estimaba conveniente por la omisión que pudiera experimentarse en los demás facultativos, teniendo al frente dos dotados a cuyo cargo estaba la obligación de la asistencia de los pobres a el cual, en auxilio no acudirían todos tal vez, con el celo propio de sus facultades. Encargándose a todos los de ambas jurisdicciones continúen con superior empeño y desvelo a ejercer las funciones que dicta la humanidad, en una opresión que tanto aflige al común. Estando entendidos y seguros en que este magistrado a su oportuno tiempo, sabía muy bien por los medios que exige la prudencia, remunerar a cada uno según su mérito, el afán y trabajo con que se haya esmerado en beneficio de la causa pública.
Se constituía la comisión al regidor Juan Josef Cayzac, para el camposanto, la compra del mulo, para construcción del carro mortuorio destinado al traslado de cadáveres, y del ajuste y contratación de dos hombres destinados a la conducción del mismo carro y los cadáveres a sepultar en dicho cementerio rural (de El Pedroso).
Asimismo se acordó en dicha citada sesión de cabildo, que prosiguiese la construcción que fue conferida al regidor Juan Josef Cayzac, uno de los señores que componen el cuerpo de este ayuntamiento, para que se verifique el total establecimiento del nuevo camposanto, a cuyo intento manifestó dicho señor, hacer la porción del sitio perteneciente al rey, en una de las salinas perdidas que fueron de la propiedad de los Jesuitas extinguidos, y de otro dueño cuyo nombre se ignora, frente de la casería que nombran del Pedroso, en donde ha demarcado sesenta varas de frente y otras tantas de fondo, las cuales hacen un total de doscientas cuarenta varas cuadradas de superficie total, sin perjudicarse en aquel paraje a persona alguna en sus intereses. Y por tanto se extendió dicha comisión que el expresado Juan Josef Cayzac, procediese a cercar dicho nuevo camposanto, y con una valla de mampostería, y verificase por otra parte la compra de un mulo que ha de tirar del carro mandado fabricar para la conducción de los cadáveres, buscar una cochera en que custodiarlo, y celebrar ajuste con los dos individuos que han de conducir este carro y dar sepultura a los difuntos, y el de disponer todo lo demás que contemple útil y preciso, a que tenga efecto lo acordado en esta parte. Que al punto que se concluya el carro, se de principio a enterrar los cadáveres en dicho camposanto, aunque no este aun cercado el mismo. Poniéndose mientras no este terminada su obra, dos guardias para la custodia del mismo, costeándose todos sus gastos, del fondo del arbitrio de la iglesia.
Otro acuerdo adoptado en dicha sesión fue el siguiente: “Para hacer novena a Nuestro Padre Jesús Nazareno”: “Igualmente se acordó que deseando este ayuntamiento dar vivas muestras de los ardientes deseos que le asisten, de implorar la divina misericordia en la aflicción que oprime al pueblo, mediante novena a nuestro Padre Jesús que se venera en la iglesia mayor, se saque a este Señor en procesión el último día de la misma novena, o el que señalase el vicario con la efigie también de Ntra. Sra. de la Salud, trayéndose al intento de su capilla (barrio de las Chozas), a la propia iglesia mayor, y que se hagan rogativas por espacio de tres días con la Divina Majestad Sacramentada, manifiesta por mañanas y tardes con asistencia de la Villa. Pasándose para ello el oficio correspondiente al insinuado vicario, a efecto de que dé las disposiciones correspondientes a el logro de los piadosos actos a que termina esta resolución”.
Otro acuerdo adoptado sobre la limpieza: “Se acordó asimismo que mediante haber dispuesto el capitán general de marina de este departamento, se traigan doscientos hombres a esta Real Villa procedentes todos del presidio del real arsenal de la Carraca, los cuales se encargarán de la limpieza y del aseo de las calles de esta población, y para lo que ello contribuye a la salud del común, solicita se le faciliten dos almacenes para la acogida de estos hombres y de la tropa de su resguardo y custodia, el tiempo que estuviesen en esta Real Villa. En lo que se encarguen los regidores Antonio de la Cruz y Juan Josef de la Vega; ambos diputados del común. Y así se determinó.
Por otra parte, se hizo presente que, notándose morosidad en los médicos, en dar las noticias diarias de los enfermos que tengan a su cuidado, para instrucción del gobierno y poder reglar con éste antecedentes, las oportunas providencias en beneficio de la causa pública. Acordaron se hagan saber a los facultativos sujetos a la jurisdicción, pasen diariamente a la escribanía de cabildo, noticia circunstanciada de los enfermos que asistan con expresión, de sus nombres, calles y números de sus casas en que estos residan, con la de los que fallezcan, demostrando si es de enfermedades contagiosas. Y para que lo ejecuten los profesores de fuero privilegiado, se forme el oportuno oficio al capitán general de marina este departamento. Y así quedó resuelto.
Era tan dantesca la imagen de aquellos entierros que, de forma continua y constante, discurrían por las distintas vías públicas de nuestra ciudad, especialmente por la Calle Real que motivó, se ordenase la construcción de un nuevo camino o arrecife, que uniese la Albina (actual eje formado por las Calles de San Marcos / San Onofre), con el Camino Real (hoy Calle Real), a través del llamado Camino de Ureña, nombre del celebre personaje que lo trazó, posterior Callejón del Santo Entierro o Nuevo. Se reglamentó el toque y repique de campanas y el horario y recorrido de los numerosos cortejos fúnebres, así como el de los entierros que solían celebrarse al amanecer y a la hora del Ángelus; dependiendo la hora del óbito de aquellos finados, que eran trasladados sus restos mortales especialmente desde el Hospital de San José donde eran comúnmente depositados, hacia la capilla de Ntra. Sra. de la Salud, en el paraje conocido como pago de Las Chozas, en los aledaños de la actual Calle Luis Milena (edificio Las Palmeras), para desde esta ser conducidos a través de otro desaparecido camino, hacia el Cementerio Rural del Pedroso antes citado.
Cabildo de fecha 30.08. “Sobre Epidemia”: “Viéndose sin el debido efecto la providencia dirigida a cortar la comunicación de las enfermedades de Cádiz, introduciéndose en esta Real Villa los enfermos con varias astucias, y hallando asilo en la necesidad e ignorancia de los vecinos, causa por la que se ha aumentado el número de dolientes en que concuerdan los profesores de medicina y cirugía, de que parece demandar un estrago formidable a este común a no evitarlo, unas disposiciones más serias por las cuales tengan cumplido efecto las anteriores. Se acordó de conformidad la absoluta prohibición por ahora de que se reciba en esta Real Villa personas algunas procedentes de dicha plaza de Cádiz, en ninguna de las casas sea con el pretexto que fuere, baja la pena a los vecinos de esta Real Villa que contravengan de 50 ducados de multa. Y a los que no puedan satisfacer la misma, por su total carencia de bienes, se le impongan en sustitución a dicha multa la pena de 10 días de cárcel, aplicándose la tercera parte de la cuantía de las multas recaudadas, a repartir entre los delatores de las referidas infracciones. Sin que puedan los vecinos alegar el pretexto de salud de los que acojan de dicha plaza de Cádiz, ni otro algún ni otro, por ser la prohibición absoluta y rigurosa como tan interesante a la causa pública”.
Cabildo de fecha 15.09. “Voto al Patriarca Sr. San Josef”: En la Villa de la Real Isla de León bajo la presidencia de su alcalde mayor por S. M, Juan Antonio de Aldama, y demás regidores y diputados que forman su cuerpo capitular, se procede y acuerda en primer lugar, el avivar los fervorosos deseos que siempre le han acompañado, de perpetuar su amor al Soberano Patrón de esta Real Villa, el Santísimo Patriarca Sr. San Josef, y el de afianzar más bien su poderosísimo patrocinio sobre ella. Con la segura y total esperanza, de que en las actuales tribulaciones y circunstancias que afligen a nuestro pueblo, implora de su santísimo hijo, de que aplaque su ira sobre el mismo. De tal manera se acordó en dicho momento y cabildo el hacer voto de ayuno en la víspera de los desposorios de dicho Santísimo Patriarca, y en su día siguiente, el celebrar una solemne fiesta con sermón perpetuamente, como tal patrono de esta Real Villa, y nombrándolo de nuevo como sí se hizo por vez primera en el año de 1766, con el más ardiente fervor, y por copatronos a los gloriosísimos mártires San Servando y San Germán. También el que se celebre y haga fiesta de guardar, el día 19 de marzo de cada año venidero al presente, fecha en el que la Santa Madre Iglesia, celebra al mismo Santísimo Patriarca, con su correspondiente octava.
La ceremonia religiosa de la confirmación del citado Voto al Patriarca Sr. San Josef, fue verificada el día 19 de octubre de dicho año de 1800. Para cuyo efecto, se dieron cita a primeras horas de la mañana y se reunieron en cabildo municipal, los individuos que formaban su cuerpo capitular antes enumerados. Posteriormente y finalizada dicha reunión, marcharon todos hacia la iglesia mayor parroquial, donde les esperaba el venerable credo y junto a estos, lo religiosos del convento de San Francisco, el capitán general de marina de este departamento, y restantes autoridades civiles y militares de todas las clases, y la práctica totalidad de la sociedad en general de esta Real Villa. Inmediatamente dio comienzo sobre las 10 de la mañana de aquel día, la solemnemente fiesta, descubriendo a su Divina Majestad. Después de lo cual, subieron al prebisterio los maceros de esta Real Villa, el cuerpo capitular y sus comisiones, los cuales arrodillados todos, prestaron su juramento, sobre los evangelios, y por parte de Pedro de Alcántara y Correa, en calidad de notario público y escribano de S. M, se leyó para su celebración el referido Voto, que textualmente dice así:
“Oh mi Señor Dios de las Misericordias y de todo consuelo: El clero, ayuntamiento, las comunidades religiosas, las restantes órdenes y demás clases de este pueblo y de su sociedad, a los cuales representamos, postrados todos ante vuestra adorable presencia, confesamos por nuestras culpas, acreedores al justo enojo que nos manifiestas. Imploramos humildes vuestras misericordias, por los méritos de la siempre Virgen María, vuestra madre, y de la especial intersección que solicitamos, del patriarca Sr. San Josef, a quien ofrecemos una perpetua festividad en el día de sus desposorios, con la asistencia de ambos cabildos y el ayuno en su víspera. Asegurando Señor, ante vuestro divino acatamiento y sobre los Santos Evangelios, la observancia de este solemne voto, por parte de todos nosotros de nuestro pueblo en la posteridad. Confiando Señor, nos dispensarás tu misericordia, apiadándote de este angustiado pueblo. Dígnate Señor Dios inmenso, en oír nuestras súplicas, y el de aceptar nuestros ruegos benignamente. Como humildes te pedimos y esperamos de tu infinito amor. A lo cual, contestó el Pueblo y todos los allí reunidos; Amén”.
A los pocos días de celebrada tal ofrenda, la epidemia cesó súbitamente, desapareciendo por completo en los primeros días del siguiente mes de noviembre. En vista de tan satisfactorio resultado, el ayuntamiento acordó: “Que en razón de los maravillosos efectos experimentados, por la poderosa intersección del Señor San Josef, y en reconocimiento y devoción, a tan grandes beneficios, se coloque en su sala capitular, un cuadro con la efigie del santísimo patriarca, con la descripción al pie, en que consta el voto que se le hizo, y los maravillosos efectos logrados, por su patrimonio”. Así se efectuó, encargándose dicho trabajo al celebre pintor alemán Francisco Javier Riedmayer, el cual una vez quedó acabado en el año de 1801, fue colocado en lugar preferente de dicha sala, donde quedará nuevamente tras finalizar las actuales obras del palacio municipal de nuestra ciudad de San Fernando. Dicho cuadro ha sufrido varias restauraciones en el devenir del tiempo, y su estado actual de conservación, es perfecto.
El cementerio rural del Pedroso mantuvo su actividad al unísono con el anexo cementerio de la iglesia del Carmen, a pesar de aquella celebre prohibición expresa (Real Cédula de 3 de abril de 1787), hasta la puesta en funcionamiento del actual y por todos conocido cementerio católico municipal, construido en terrenos comprados a dicho fin, a Clara Ignacia de Madariaga, en la zona nombrada de casa alta, cuando corría el año de 1815. Fue tal el estado deplorable de deterioro sufrido en el cementerio rural del Pedroso, cuyas crónicas de la época relatan, como era constantemente inundado por las crecidas del cercano caño del Río de Arillo, y de las lluvias torrenciales, que originaron en éste la apertura de numerosas y profundas grietas a través de las cuales solían aparecer al exterior sus numerosos cadáveres putrefactos, que expelían un hedor fétido y nauseabundo, presentando un dantesco y desolador espectáculo desagradable a todas las miradas de quienes transitaban por el lugar. Su cierre fue inmediato y tras su reparación prosiguió con su actividad.
La grave epidemia cesó a finales de octubre de aquel aciago año de 1800, posteriormente nuevos brotes de dicha epidemia aparecieron en la comarca, pero no tan virulentos como aquella otra. Hasta el año de 1815 estuvo en funcionamiento el popular y tenebroso cementerio rural del Pedroso en el cual, y hasta su cierre se dieron cristiana sepultura a varios miles más de seres humanos, que descansan en la actualidad y olvidados, con la sombra de aflorar muchos de ellos en un desolador paraje lacustre de nuestro término municipal, si no se toman medidas al respecto.
Dicho camposanto, funcionó hasta la inauguración en el mismo año, de nuestro actual cementerio católico nuevamente municipal, y que paso hace unos años a ser regentado por una empresa privada Cemabasa, en cuyo interior descansan en paz nuestros ancestros; miles de cañaíllas de origen o de corazón y otros tantos que, sin serlos, duermen su sueño eterno, entre sus paredes y viejos muros. Algunos anónimos y otros destacados y celebres hombres y mujeres, que formaron en su conjunto el pasado esplendoroso y en algunos casos horrible, de nuestra particular historia; la de nuestro pueblo y sus gentes. Sus diferencias en su descanso, bien en suntuosos mausoleos, sencillos nichos, fosas comunes o incluso aquellos otros no reclamados u olvidados depositados en el osario común, no les difieren en nada. Tampoco el lugar de sus sepulturas, que allegados son iguales, los que viven de sus manos que los ricos. Descansen sin excepción, todos en paz. Como dato curioso sobre el actual cementerio municipal es su peculiar Nº 141, el cual no guarda relación con la restante numeración de la Calle del General García de la Herrán donde se localiza el mismo (antes Calle de Montalvo y de Muñoz Torero y que el vulgo la cita como de los muertos). Pues bien, a finales del siglo XIX, el gobierno de la Nación promulgó una Real Orden, mediante la cual se ordenaba a los pueblos y ciudades de España, a ordenar y numerar los pagos y haciendas diseminadas dentro de sus respectivos términos municipales. Por tal motivo actualmente dicho camposanto aún posee su peculiar y curiosa numeración, al igual que la casa colorá con su Nº 113 en plena Carretera de los polvorines de Fadricas y cerca de esta, de diversas Huertas que poseen sus respectivas y antiguas numeraciones. Aquel viejo camino cuyos bordes estaban serpenteados de moreras, resto de las cuales todavía existen en su tramo final al igual que su ancho primitivo, desde su inicio en las desaparecidas huertas de Bulpe, San Luís y la Ladrillera.
Pasear por el interior de nuestro viejo y entrañable cementerio municipal, es recordar gran parte de nuestra historia a veces olvidada y desconocida en muchos casos. Grandes hombres y mujeres descansan su sueño eterno en su interior, algunos notables y otros anónimos, uniéndoles a todos el mismo reposo y esperanzador en la llegada de la eternidad. Cuando recorro sus angostos corredores y me paro a buscar y leer en sus miles de lápidas, la memoria me hace recordar a celebres militares, políticos relevantes, artistas consagrados, personajes de nuestra historia local y nacional y un sin fin de grandes seres humanos que llenaron las páginas de nuestra querida tierra isleña y de España, con letras de oro.
También en su interior ya que en el mismo no existen diferencias y a todos se les acoge por igual, se encuentra personajes cuyos valores diametralmente opuestos a los anteriormente citados, también esperan su juicio respectivo. Recordar a todos ellos sin omitir a los restantes sería al menos para mí una ofensa, por ello ruego por todos sin excepción y que sea el Padre Todo Poderoso el que nos juzgue por igual a todos/as. No quisiera olvidar en estas fechas de Santos Inocentes y de Fieles Difuntos, aquellas pobres y pequeñas almas que no llegaron a disfrutar de la vida y que perecieron a tan corta edad. Me parece ver imaginariamente sus pequeños cuerpos invisibles y volátiles, corretear por su interior entre algaradas y gritos propios de su edad, que no tuvieron ocasión de disfrutar.
En un antiguo y especial entierro, no podía faltar las figuras de las plañideras o lloronas, al igual que los bolicheros y algunos pobres de solemnidad para amenizar una despedida acorde a la talla del personaje. También la categoría del acto la marcaban el número de capas o de sacerdotes asistentes al mismo. Para la mayor parte de aquellos rituales, más sencillos y modestos, en muchos casos los gastos corrían a cargo de la propia beneficencia municipal. En otros hasta se alquilaban los ataudes, que eran devueltos a la morgue una vez se dio sepultura al finado.
En algunos curiosos casos el finado regresó del más alla de una forma inexpereda y sorprendente; me refiero a los catalépticos. En nuestra ciudad se cuentan crónicas de algunos sucesos similares que volvieron a la vida en pleno velatorio.
Como suceso anecdótico acontecido en nuestra ciudad a finales del siglo XIX en uno de aquellos entierros, sucedió en plena Calle Real a la altura de la Calle de Nicola. Imaginaros la escena de un cortejo presidido por su sacerdote, los monaguillos, las plañideras, los bolicheros y varios pobres de solemnidad que acompañaban a los familiares del finado portando a hombros su cuerpo y ataud, Calle Real hacia la Plaza de la Iglesia y luego al cementerio. Y re repente se escapó un toro de la cercana plaza de toros y al asomar la cabeza alfinal de la Calle de Nicola con Real, para lanzarse enfurecido contra todo el séquito. Ni que decir tiene que el único que allí se quedó… fue el muerto.
Este tema da para mucho más, y sobre tal cuestión profundizaré mucho más en los entresijos que sobre el mismo, nos narra el más interesante de sus fuentes, que no es otro que el libro Nº 35 de cabildos de la por entonces Real Villa de la Isla de León, cuando corría el año de 1800. En este se detallan toda clase de pormenores, sucesos y mil anécdotas vividas y sufridas por nuestra por entonces sociedad isleña, dentro de un turbulento comienzo del siglo XIX que, entre otras cuestiones de gran interés y relevancia, nos legó en el devenir de nuestra historia local.