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Sevilla

Sevilla ajusta los plazos tras restablecer la sede electrónica municipal

El Ayuntamiento de Sevilla, tras reactivar todos los servicios, ha emitido una resolución que alarga los plazos según el trámite afectado

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  • Fachada del Ayuntamiento de Sevilla. -
  • En los trámites tributarios será la gerente de la Agencia la que determine cómo afectarán los plazos
  • Se pretende dar "seguridad jurídica y tranquilidad" a los ciudadanos que se han visto afectados

La sede electrónica municipal ha vuelto a reativarse este lunes, un mes y diez días después de que el Ayuntamiento sufriera un ciberataque que inutilizó sus sistemas informáticos y procedimientos telemáticos, y del que todavía queda pendiente una auditoría, que además incluiría una evaluación económica de sus efectos.

La reactivación de la sede electrónica, anunciada por el delegado de Hacienda, Turismo, Participación Ciudadana y Transformación Digital, Juan Bueno, quien ha agradecido “el esfuerzo y buen hacer” de la Dirección General de Transformación Digital, incluye también las resoluciones que permitirán ampliar los plazos en aquellos procedimientos administrativos que se hayan visto afectados por el ciberataque.

Según Bueno, el “apagón informático” ha impedido que los ciudadanos hayan podido efectuar adecuadamente los trámites para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, por lo que se ha realizado una “ampliación general de plazos de los procedimientos administrativos”. De esta forma, “se pretende contribuir a la seguridad jurídica y a la tranquilidad de los propios interesados en los procedimientos estableciendo una serie de criterios generales mediante la presente resolución emitida en el día de hoy”.

Así, todos los documentos presentados presencialmente en los Registros, incluidos los presentados por personas jurídicas, surtirán sus efectos y se incorporarán a los respectivos procedimientos.

En aquellos procedimientos que debieron iniciarse entre el 5 de septiembre y el 15 de octubre, pero sin formalizarse la apertura del plazo de cumplimiento de trámites de los ciudadanos, “se procederá a la apertura del plazo correspondiente a partir del día 16 de octubre, en la fecha que los respectivos servicios lo vayan acordando”.

En los procedimientos con plazos iniciados antes del día 5 de septiembre y que vencieran en el plazo del “apagón informático”, se ampliará el plazo por los días que restaban desde el día 5 de septiembre hasta su vencimiento.

En cuanto a la Agencia Tributaria de Sevilla y dadas sus “peculiaridades” por la complejidad y multiplicidad de sus plazos, será la actual gerente la que determine si procede la ampliación de plazos, aunque respetando el espíritu de la resolución general.

Las decisiones generales sobre ampliación de plazos corresponde a los Directores Generales y serán los respectivos servicios los que concreten cómo hacerlo, siempre que esté “debidamente publicitado, garantizando que su conocimiento llegue a los interesados”.

Por último, a partir del día 16 de octubre los plazos se cumplimentarán con normalidad y según los criterios dispuestos en el ordenamiento jurídico.

 

 

 

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