Las
dos compañías energéticas más importantes de España,
Iberdrola y Endesa, libran un
duelo por hacerse con el
contrato de suministro de energía eléctrica y de la instalación necesaria para la r
ecarga de 23 autobuses eléctricos en las cocheras de Tussam y el
mantenimiento de la misma, valorado en cerca de
7 millones de euros.
Endesa se apuntó el primer asalto con la
adjudicación del contrato, pero
Iberdrola ha ganado el segundo al lograr que el
Tribunal de Recursos Contractuales del Ayuntamiento estimara parcialmente su reclamación y
ordenara retrotraer las actuaciones, resolución que ha servido de base a esta última para presentar
otra reclamación contra la decisión del gobierno local.
El Ayuntamiento, acordó el
18 de julio de 2023, apenas un mes después de la investidura de José Luis Sanz como nuevo alcalde, la
adjudicación del contrato a la Unión Temporal de Empresas compuesta por Endesa X, Extralux y Endesa por un precio de 6.809.610,79 euros, en detrimento de la otra oferta presentada, que fue la de la
UTE integrada por Iberdrola y Sice. La decisión se basó en una
mejor valoración por la Mesa de Contratación de la oferta de la UTE liderada por
Endesa, que obtuvo
78,13 puntos frente a los
76,4 de la de Iberdrola.
El 23 de agosto,
Iberdrola presentó ante el
Tribunal de Recursos Contractuales del Ayuntamiento de Sevilla una
reclamación contra la adjudicación del contrato a su eterna rival, basándose en que, primero,
la oferta económica sobrepasa el presupuesto base de licitación y, segundo, la v
aloración de los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor efectuada
no se ajusta a la legalidad y, consecuentemente, había que declarar la e
xclusión de la empresa adjudicataria y ordenar la retroacción del procedimiento, a efectos de que se acuerde la misma o, subsidiariamente, la
anulación del procedimiento de contratación.
Iberdrola argumenta que la oferta económica presentada por la UTE Endesa
supera el presupuesto base de licitación, mientras que la de la UTE liderada por ella supone una reducción del 14,31% respecto al referido presupuesto. Asimismo, que Endesa superó en su oferta económica el presupuesto base de licitación en su
partida de consumo de energía en un 54%, lo cual también ha supuesto, en este caso, que supere el presupuesto base de licitación”.
Ciertamente, en el momento en el que se produjo la apertura de los sobres nº 3 de los Licitadores -ofertas económicas -, el Órgano de Contratación apreció una
significativa diferencia entre el coste del término de la energía ofertado por la UTE Endesa (134,1099 €/MWh) y por la UTE Iberdrola (13,20 €/MWh), y requirió a esta última para que justificase el bajo nivel de precios ofertados relativos al coste de la energía, si bien en ningún momento se planteó por el órgano de contratación la superación del presupuesto de licitación.
Se entró en un
complejo debate técnico para especialistas sobre los criterios y escenarios utilizados para el cálculo del término de energía a partir de la cotización del mercado de futuros (OMIP) para el periodo de licitación, ya que el contrato de suministro y recarga de energía a la flota de autobuses eléctricos de Tussam debe extenderse por un periodo de cuatro años (2023-2027).
La jefa de Servicio de Secretaría y el jefe del Área de Mantenimiento de la empresa municipal de transportes tuvieron que enviar
sendos informes al Tribunal de Recursos Contractuales del Ayuntamiento para
justificar la decisión adoptada y tratar de contrarrestar los datos y argumentos aportados por Iberdrola.
Uno de los autobuses eléctricos de Tussam
Una de las razones de Tussam para decantarse por la oferta de
Endesa ha sido que en las
instrucciones técnicas del cargador incorporado por Iberdrola en su oferta se recoge que la
temperatura de funcionamiento oscila entre los 10 y los 35 grados centígrados, pero que a partir de
40 grados se produce una
limitación de su potencia. Según la empresa municipal de transportes, “teniendo en cuenta la climatología de Sevilla, e
l cargador propuesto por Iberdrola no podrá estar operativo al 100% todo el tiempo y por lo tanto es inviable su uso”, circunstancia que no ocurre con el cargador de Endesa, que sí se ajustaría al caluroso clima sevillano.
El Tribunal de Recursos Contractuales del Ayuntamiento estima que
no le corresponde sustituir el juicio de los técnicos, “cuyo contenido -afirma- resulta ajeno nuestro alcance, conocimiento y competencia, considerándose que
no se excede el ámbito de la discrecionalidad técnica que al órgano de contratación compete,
presumiéndose la veracidad de los informes técnicos emitidos”.
Y añade: “A la vista de lo expuesto, considerando la naturaleza de las alegaciones y los informes emitidos, no acreditándose la existencia de error material, teniendo, además, en cuenta, la presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos, por la cualificación técnica de quienes los emiten, entendiendo que sólo cabe frente a ellos una prueba suficiente de que son manifiestamente erróneos o se han dictado en clara discriminación de los licitadores, hemos de concluir que
la valoración efectuada se ajusta a los cánones de la discrecionalidad técnica y existe
motivación adecuada y suficiente, por lo que no procede estimar la alegación planteada”.
Sin embargo, el Tribunal sí detecta que
Endesa añadió un párrafo con valoraciones propias no contemplado en el
modelo previsto en el pliego de condiciones del concurso, por lo que se apartó de la literalidad del mismo, contrariamente a la normativa de aplicación,
sin que se se subsanara esa anomalía mediante la petición de una aclaración por parte de Tussam.
Por ello, el Tribunal
ha estimado parcialmente la reclamación de Iberdrola “en el sentido de
anular la adjudicación (a Endesa) y retrotraer las actuaciones al momento anterior a ésta, a fin de
aclarar la incoherencia suscitada como consecuencia de la alteración del modelo de oferta económica, haciéndolo constar en el expediente de contratación,
desestimándolo en todo lo demás”.
Esta resolución favorable a sus intereses ha dado pie a
Iberdrola a presentar
otra reclamación posterior contra Tussam, en este caso una
reclamación especial.