La Declaración de Impacto Ambiental del puente de la ronda de circunvalación de la SE-40 por el Ministerio para la Transición Ecológica incluye un estudio sobre las emisiones de gases de efecto invernadero hasta el año 2030, una estimación que se antoja harto optimista, no por la contaminación en sí, sino por los plazos de ejecución de la obra, ya que sólo faltan seis años para esa fecha límite y todavía el proyecto no ha pasado de la fase del papel y no se ha puesto un solo ladrillo.
El estudio de impacto ambiental analiza los efectos derivados de las emisiones del proyecto. En relación con las emisiones de gases de efecto invernadero, realiza mediante el cálculo de emisiones de dióxido de carbono (CO2), con el uso de la herramienta CO2TA, una aplicación informática desarrollada por el CEDEX que permite estimar el consumo de combustible, la energía y las emisiones de CO2 de vehículos en carreteras interurbanas, facilitando la comparación de alternativas de trazado en términos de emisiones de CO2 hasta el año 2030:
Para reducir los impactos sobre la contaminación atmosférica en fase de obras, se prevén las medidas habituales de buenas prácticas durante la ejecución de las mismas: riegos superficiales con cisternas en las zonas de movimientos de tierra, así como en los caminos de acceso a las obras, control de la maquinaria, limitación de la velocidad de los vehículos pesados a 20 km/h, transporte de materiales en camiones tipo bañera estancos o cubiertos con lonas.
Como impacto positivo, el promotor considera que la autovía mejorará la accesibilidad de varios municipios y descongestionará algunas de las vías (como la SE-30), que, actualmente, constituyen la única forma de conexión entre el Oeste-Sur y el Oeste-Este de Sevilla, contribuyendo a la creación de una red de transporte eficaz por su cobertura y conectividad.
La construcción producirá un incremento de los niveles sonoros, de emisiones de gases de efecto invernadero, contaminantes químicos y de polvo en las zonas más cercanas a la obra debido al funcionamiento de la maquinaria, al tráfico de vehículos pesados, etc.
En la fase de explotación, las alteraciones atmosféricas tendrán su origen en el tránsito de vehículos que constituirán una fuente continua y permanente de contaminación.
Sobre el ruido, el estudio de impacto ambiental contiene un estudio acústico desarrollado a partir de la metodología común europea CNOSSOS-EU. Se ha identificado el uso de las edificaciones en una banda de 500 m a cada lado del eje y se ha analizado el cumplimiento de los niveles acústicos establecidos en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
En la situación actual, no se han detectado superaciones de dichos niveles. Durante las obras, los niveles sonoros de los equipos incidirán, en el peor de los casos, en un entorno de aproximadamente 80 m de radio, a partir del cual todos los equipos generarán niveles sonoros inferiores al límite legal diurno y vespertino correspondiente al uso residencial (65 dBA), que es el mayoritario de las edificaciones localizadas en el ámbito de estudio.
Como medidas preventivas, no se realizarán actividades ruidosas por la noche, respetando los horarios fijados en las normativas municipales, se utilizará la maquinaria más silenciosa posible, se limitará la velocidad de la maquinaria y vehículos, se instalarán pantallas/cabinas móviles en las máquinas, etc.
En la fase de explotación, a través de la modelización de los posibles escenarios futuros, el promotor concluye que, como consecuencia de la nueva infraestructura, se prevé la superación de los valores límites de inmisión (tabla 1 del anexo III del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre) en dos edificaciones de uso residencial existentes en el enlace con las carreteras A-8058 y SE-661, en el municipio de Coria de Rio, donde se obtendrán valores máximos de inmisión Ld, Le y Ln de 67,4, 66,3 y 58,6 dBA, respectivamente. Para alcanzar los niveles exigidos, se propone la instalación de una pantalla acústica de 130 m de largo y 2,5 m de alto, en uno de los ramales de enlace con la A-8058.
Adicionalmente, se ha estudiado el efecto aditivo o sinérgico considerando el resto de las fuentes sonoras existentes en el ámbito del proyecto, con objeto de analizar el cumplimiento al artículo 23.3 del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre. Se constata el incumplimiento de los objetivos de calidad acústica en 44 edificaciones de uso residencial en el entorno de la A-8058, en el municipio de Coria del Río. El promotor sostiene que la aportación de la nueva infraestructura sobre la contaminación acústica global es despreciable, en torno a 1 dB, y que dicha situación de superación de los objetivos de calidad acústica, también, se produciría sin la ejecución del proyecto, por lo que no considera necesarias medidas adicionales.
CONTAMINACIÓN LUMÍNICA
El Ayuntamiento de Coria del Río alega que no se han tenido en cuenta los impactos causados por la contaminación atmosférica, lumínica y acústica y que frente a la opción del túnel el puente es más desfavorable ya que se produce la dispersión de la contaminación química y acústica, lo que puede causar un impacto directo en la salud de la población circundante.
La infraestructura también producirá un incremento notable de la contaminación lumínica. Por ello, se deberán seguir, al menos, las siguientes recomendaciones básicas: evitar en lo posible la iluminación perdida en el cielo, tanto para la iluminación viaria como la ornamental; apantallar el haz de luz, en particular en la iluminación ornamental; procurar una elevada eficiencia energética de la instalación, utilizando lámparas, equipos auxiliares, sistemas de accionamiento y sistemas de regulación luminoso adecuados.
El promotor contesta que, según el estudio de impacto ambiental, dadas las características del proyecto y su ubicación en una zona con escasa población cercana, no se esperan impactos de carácter significativo sobre la población. En cuanto a la posible mejora de la calidad del aire por la construcción de túnel en lugar de viaducto, indica que en el túnel la evacuación de aire se produce en sus extremos, a través de las bocas y de las chimeneas de ventilación.
Así, la emisión de contaminantes se concentraría en un punto más cercano a la población de Coria (a, aproximadamente, 1,0 km del emboquille oeste del túnel) y a más baja altura. Por el contrario, en el viaducto, la emisión de contaminación se distribuye a lo largo de su trazado, más alejada del núcleo urbano y a mayor altura, por tanto, en condiciones más favorables para su dispersión. De la misma forma, el túnel presentaría afectos acústicos negativos en sus bocas, y salidas de ventilación, por lo que no cabe asegurar que la alternativa del túnel sea más favorable en cuanto a la afección a la población, en este caso concreto. Además, si fuera necesario filtrar el aire evacuado del túnel, aumentarían los costes de construcción y mantenimiento del proyecto, así como el consumo energético durante la explotación.
Sobre la iluminación, indica que el diseño de las luminarias tendrá en cuenta lo indicado en el estudio de impacto ambiental y las recomendaciones básicas sobre iluminación se incorporarán al proyecto constructivo.