Sale a exposición pública la ordenanza de comercio ambulante

Publicado: 17/01/2014
El documento de aprobación inicial de la nueva ordenanza para mercadillos sustituye al promovido en octubre de 2012 al haber sido anulado el primer procedimiento de aprobación inicial del texto y estará expuesto durante un mes para que se presenten alegaciones
Tras su publicación este viernes en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), comienza un plazo de 30 días para presentar alegaciones, sugerencias o propuestas al documento en cuestión. El documento de aprobación inicial de esta ordenanza, entre otros aspectos, regula el normal funcionamiento de los mercadillos y la libertad de acceso de las personas físicas y jurídicas que desarollebn una actividad de este tipo, así como la igualdad de oportunidades y la garantía para el ejercicio de la actividad en cuestión.

   Así, el texto atribuye al comercio ambulante en los mercadillos la venta de productos alimenticios, incluso bebidas y helados, artículos textiles y de confección, calzados, pieles y artículos de cuero, artículos de droguería y cosméticos, productos de artesanía y bisutería, y otra clase de mercancías, como objetos de regalos y ornato de pequeño tamaño, prohibiendo expresamente la venta de animales.

   Igualmente, el comercio ambulante en mercadillos sólo podrá ser ejercido en los lugares y emplazamientos que concretamente se  señalen en la licencia que expresamente se otorgue" y la duración de la autorización otorgada a cada uno de los comerciantes será por un período de 15 años, que será prorrogado, a solicitud de la persona titular, por otro plazo idéntico, una sola vez. El texto completo de la ordenanza, de cualquier modo, puede ser consultado en el siguiente enlace: http://www.dipusevilla.es/export/bop/201401/17.pdf

© Copyright 2024 Andalucía Información